Comprar un inmueble en Mallorca: fiscalidad, impuestos y costes reales

Impuestos en la compra de un inmueble en Mallorca

La adquisición de un inmueble en Mallorca genera una carga fiscal que el comprador debe planificar con antelación. Los impuestos varían significativamente según el tipo de inmueble (obra nueva o segunda transmisión) y la condición del vendedor (empresario o particular).

ITP en la compra de inmuebles de segunda mano en Baleares

La compra de inmuebles de segunda mano (transmisiones entre particulares o de empresarios que no actúan como tales en la transmisión) tributa en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), gestionado por la Comunitat de les Illes Balears. Los tipos del ITP en Baleares son progresivos y de los más altos de España: el 8% hasta 400.000 euros, el 9% entre 400.000 y 600.000 euros, el 10% entre 600.000 y 1.000.000 de euros, el 11% entre 1.000.000 y 2.000.000 de euros, y el 12% por encima de 2.000.000 de euros. Para inmuebles de valor superior a 2 millones —muy frecuentes en el mercado inmobiliario de lujo de Mallorca— el ITP puede representar un coste fiscal muy significativo.

IVA + AJD en la compra de obra nueva en Mallorca

La compra de obra nueva a un promotor tributa en IVA al 10% (4% para VPO) más el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) al 1,5% en Baleares. La base del AJD es el valor de escritura.

Comprobación de valores por la Administración balear

El Govern de les Illes Balears puede comprobar que el valor declarado en la escritura de compraventa no es inferior al valor de mercado del inmueble. Desde 2022, el valor de referencia catastral se usa como base mínima de tributación del ITP. Si el precio pagado es superior al valor de referencia, se usa el precio real. Si es inferior, se aplica el valor de referencia catastral. El contribuyente puede impugnar el valor de referencia catastral acreditando que el valor real de mercado es inferior, lo que requiere habitualmente un informe pericial de valoración. ValiTax, especialistas en peritaje tributario, elabora los informes periciales de valoración inmobiliaria necesarios para impugnar el valor de referencia catastral ante la Agència Tributària de les Illes Balears.

Plusvalía municipal en Mallorca

El vendedor debe abonar la plusvalía municipal (IIVTNU) al Ayuntamiento donde radica el inmueble (Palma, Calvià, Llucmajor…). Tras las sentencias del TC de 2017 y 2021, el impuesto no aplica cuando no hay incremento real del valor del suelo. En transacciones donde el precio de venta es igual o inferior al de compra, puede solicitarse la exención total.

En LRB Tax & Legal, despacho especializado en fiscalidad inmobiliaria en Mallorca, asesoramos sobre la fiscalidad de la compraventa de inmuebles en Baleares, gestionamos las autoliquidaciones del ITP y AJD y defendemos ante comprobaciones de valores de la Administración balear. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831 / Fiscalidad Baleares LRB.

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