Categoría: Empresas y Autónomos

Asesoría fiscal para empresas y autónomos en Mallorca y las Islas Baleares.

  • Retribución del socio-administrador en Mallorca: IS y estatutos

    La retribucion del socio-administrador en Mallorca es clave fiscalmente. El socio con mas del 25% cotiza en el RETA. La doctrina del vinculo exige que los estatutos prevean la remuneracion expresamente para que sea deducible en el IS. En LRB Tax & Legal disenamos la estructura retributiva optima para socios en Baleares. Contacto: Contacto@LRB.es / ValiTax.es.

  • Regulación fiscal del alquiler de locales comerciales en Mallorca: IVA, IRPF y retenciones

    IVA en el alquiler de locales comerciales en Mallorca

    El arrendamiento de locales comerciales (oficinas, naves, tiendas) en Mallorca está sujeto a IVA al tipo general del 21%. El IVA lo repercute el arrendador en la factura del alquiler mensual y el arrendatario (si es empresario) puede deducirlo como IVA soportado afecto a su actividad. Si el arrendatario es un particular o una entidad sin actividad económica, el IVA del alquiler es un coste definitivo no recuperable. A diferencia del arrendamiento de vivienda (que está exento de IVA), el arrendamiento de locales nunca está exento y el arrendador siempre debe repercutir el IVA al 21%, aunque no sea habitual empresario en otros ámbitos.

    IRPF del arrendador persona física: rendimientos del capital inmobiliario

    Cuando el arrendador es una persona física residente en Mallorca, los ingresos del alquiler comercial tributan en su IRPF como rendimientos del capital inmobiliario. A diferencia del alquiler de vivienda habitual, el alquiler de locales comerciales no tiene reducción del 60%: el rendimiento neto (ingresos menos gastos deducibles) tributa íntegramente en la base general del IRPF al tipo marginal del contribuyente (que puede alcanzar el 47%). Los gastos deducibles son los mismos que para el alquiler de vivienda: IBI, comunidad, seguro, intereses del préstamo, amortización y gastos de conservación y reparación.

    Retención del 19%: obligación del arrendatario empresario

    Cuando el arrendatario del local comercial en Mallorca es un empresario o profesional, está obligado a practicar una retención del 19% sobre la base del alquiler (excluido el IVA) e ingresarla trimestralmente en la AEAT mediante el Modelo 115. El arrendatario entrega al arrendador el alquiler neto de retención y la retención va directamente a cuenta del IRPF del arrendador. El incumplimiento de la obligación de retener por el arrendatario puede generar sanciones para el arrendatario y compensaciones al arrendador que ya pagó el IRPF sin haber deducido la retención. En LRB Tax & Legal, especialistas en fiscalidad del arrendamiento en Mallorca, asesoramos a arrendadores y arrendatarios sobre sus obligaciones fiscales. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831 / ValiTax.es.

  • Impuesto sobre Sociedades para pymes en Mallorca: incentivos, deducciones y planificación de cierre de ejercicio

    Tipo de gravamen del IS para pymes en Baleares

    Las entidades de reducida dimensión (ERD) —empresas con cifra de negocios inferior a 10 millones de euros en el ejercicio anterior— tienen acceso al tipo reducido del IS del 23% desde 2023 si su cifra de negocios no supera el millón de euros, y al 25% para importes entre 1 y 10 millones. Para las micropymes en Mallorca (cifra de negocios inferior a 1 millón de euros), el tipo del 23% supone un ahorro fiscal del 8,7% respecto al tipo general del 25%. Además de este tipo reducido, las ERD tienen acceso a libertad de amortización para inversiones en activos nuevos afectos a la actividad, amortización acelerada por la vida útil del activo y la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios.

    Reserva de capitalización: reducción del 15% por reinversión de beneficios

    La reserva de capitalización del artículo 25 LIS permite a las pymes de Mallorca reducir la base imponible del IS en un 15% del incremento de fondos propios del ejercicio, siempre que ese incremento se mantenga durante cinco años y se dote una reserva indisponible equivalente. Para una pyme con base imponible de 200.000 euros que incrementa sus fondos propios en 100.000 euros, la reserva de capitalización supone una reducción de la base imponible de 15.000 euros (100.000 × 15%) y un ahorro fiscal de 3.750 euros (15.000 × 25%).

    Combinación con la RIB del REIB: el incentivo más potente para pymes baleares

    Para las pymes en Mallorca que cumplen los requisitos del REIB, la combinación de la reserva de capitalización con la Reserva para Inversiones en Baleares (RIB) puede generar ahorros fiscales muy significativos. La RIB puede reducir la base imponible hasta el 90% del beneficio no distribuido, y la reserva de capitalización puede aplicarse sobre el incremento de fondos propios que resulte de la dotación de ambas reservas. En LRB Tax & Legal, especialistas en IS para pymes en Mallorca, preparamos el análisis de cierre de ejercicio aplicando todos los incentivos disponibles. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831 / ValiTax.es.

  • Fiscalidad del sector náutico en Mallorca: IVA, matriculación y planificación fiscal de embarcaciones

    IVA en la compraventa de embarcaciones en Mallorca

    La compraventa de embarcaciones de recreo en Mallorca está sujeta a IVA al tipo general del 21% cuando la operación la realiza un empresario (astillero, concesionario, empresa charter). Si la venta la realiza un particular, la operación está sujeta al ITP balear. Las embarcaciones destinadas exclusivamente al alquiler (charter náutico) pueden recuperar el IVA soportado en su adquisición, siempre que se afecten exclusivamente a la actividad de charter y se justifique que son medios de producción de la empresa charter. Las embarcaciones de uso privado no dan derecho a deducción del IVA. La distinción entre uso privado y afectación exclusiva a la actividad de charter es el principal foco de inspección de la AEAT en el sector náutico de Mallorca.

    El Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT): la matriculación

    La primera matriculación en España de embarcaciones de recreo de eslora superior a 8 metros está sujeta al Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT), más conocido como «impuesto de matriculación», al tipo del 12% sobre el valor de la embarcación (precio de la factura o valor de mercado si es superior). Están exentas de IEDMT las embarcaciones dedicadas exclusivamente al alquiler (charter), siempre que lo sean de forma efectiva y durante un período mínimo. La AEAT inspecciona estas exenciones con rigor, especialmente en Mallorca donde el mercado de charter náutico es muy activo y la frontera entre el charter real y el uso privado encubierto puede ser difusa.

    Charter náutico en Baleares: estructura fiscal óptima

    La estructura fiscal óptima para un armador en Mallorca que quiere compatibilizar el uso privado de su embarcación con ingresos de charter depende de varios factores: la proporción de días de charter frente a días de uso privado, la residencia fiscal del armador y la bandera del barco. Las embarcaciones con bandera de países no UE en aguas europeas generan cuestiones de IVA específicas. En LRB Tax & Legal, especialistas en fiscalidad del sector náutico en Mallorca, asesoramos sobre la estructura fiscal óptima para armadores, empresas de charter y astilleros en Baleares. Cuando la AEAT cuestiona la afectación de la embarcación al charter, contamos con peritos judiciales tributarios especializados en valoración naval para los recursos ante el TEAR. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Fiscalidad de la construcción e inmobiliario en Mallorca: IS, IVA y plusvalías en el sector promotor

    IVA en las transmisiones inmobiliarias en Mallorca: primera y segunda entrega

    En el sector promotor de Mallorca, la primera entrega de edificaciones (viviendas y locales nuevos vendidos por el promotor) está sujeta a IVA al tipo reducido del 10% para viviendas (4% para vivienda de protección oficial) y al tipo general del 21% para locales, naves y plazas de garaje que se vendan con independencia de la vivienda. La segunda y posteriores transmisiones de edificaciones (ventas entre particulares o entre empresas de inmuebles usados) están exentas de IVA y sujetas al ITP. Si el vendedor y el comprador son empresarios y el comprador puede deducirse el IVA, pueden renunciar conjuntamente a la exención y sujetar la operación a IVA, lo que puede ser ventajoso en determinadas circunstancias.

    Existencias inmobiliarias en el IS del promotor

    Las viviendas y locales en construcción o terminados que el promotor mantiene en cartera para la venta figuran como existencias en el balance y no se amortizan (a diferencia de los inmuebles de inmovilizado). Los gastos financieros del crédito promotor, los gastos de construcción y los costes de comercialización se capitalizan como mayor valor de las existencias hasta la venta, momento en que el margen (precio de venta menos coste de las existencias) se integra en la base imponible del IS. La AEAT comprueba especialmente que la valoración de las existencias inmobiliarias es correcta y que no se imputan a coste activos que deberían ir a gasto directo.

    Plusvalías por venta de suelo en Mallorca

    Las ganancias obtenidas por la venta de suelo urbanizable en Mallorca tributan en el IS al 25% como parte de la base imponible ordinaria, sin las ventajas que tiene la transmisión de participaciones en entidades (exención del 95%). Cuando el propietario del suelo es una persona física, la ganancia tributa en el IRPF como ganancia patrimonial en la base del ahorro (19-30%). La permuta de suelo por obra futura —muy frecuente en Mallorca entre propietarios de suelo y promotores— tiene un tratamiento fiscal específico: la ganancia para el propietario del suelo se imputa en el momento de la firma del contrato de permuta (salvo que se establezca el cobro por obra futura diferida), y el coste del suelo para el promotor es el valor de mercado de las viviendas o locales que entrega. En LRB Tax & Legal, especialistas en fiscalidad del sector promotor en Baleares, asesoramos sobre la correcta tributación de todas las operaciones del ciclo promotor. Cuando la AEAT cuestiona el valor del suelo o de las existencias inmobiliarias, nuestros peritos judiciales tributarios emiten los informes de valoración que sostienen la defensa. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Autónomos en Mallorca: deducciones fiscales en el IRPF que no puedes perderte en 2025

    Gastos deducibles del autónomo en Mallorca: regla general y excepciones

    Los autónomos en Mallorca en estimación directa pueden deducir en el IRPF todos los gastos necesarios para el ejercicio de su actividad económica, siempre que estén documentados con factura y registrados en los libros de registro obligatorios. La AEAT presta especial atención a los autónomos en sectores con alta incidencia de economía informal en Baleares (hostelería, construcción, servicios de limpieza) y a las deducciones de gastos con componente de uso mixto personal y profesional.

    Local de trabajo y suministros: cómo maximizar la deducción

    Cuando el autónomo trabaja desde casa, puede deducir el 30% de los suministros (electricidad, agua, gas, internet, teléfono) proporcional a la parte de la vivienda afecta a la actividad. Por ejemplo, si el despacho ocupa el 20% de la vivienda y los suministros anuales son 3.600 euros, la deducción sería: 3.600 × 20% × 30% = 216 euros. Si el local es exclusivamente profesional, el 100% de los suministros y del alquiler o amortización es deducible. En Mallorca, los precios de alquiler de locales comerciales son elevados, por lo que esta deducción tiene un impacto significativo para los autónomos con local propio.

    Vehículo: la deducción más conflictiva para autónomos en Baleares

    La AEAT presume que los vehículos de uso mixto (turismo y furgoneta no industrial) tienen una afectación del 50% a la actividad, pero permite al autónomo acreditar una afectación superior si puede demostrarlo. Los vehículos totalmente deducibles son los industriales (camiones, furgonetas de carga, tractores), los de prueba, los de las escuelas de conducción y los taxis y vehículos de alquiler. Para los autónomos de Mallorca en actividades que requieren desplazamiento frecuente (agentes comerciales, instaladores, técnicos), la documentación de los desplazamientos (kilometraje, destino, cliente) es esencial para defender una afectación superior al 50%.

    Gastos de manutención del autónomo

    El autónomo puede deducir los gastos de restaurante en el ejercicio de su actividad cuando se producen en municipio distinto al de su local, pagados con tarjeta, hasta 26,67 euros/día en España (48,08€ en el extranjero). En Palma de Mallorca, donde los precios de la restauración son elevados, esta limitación puede resultar ajustada para autónomos con muchas comidas de trabajo.

    Deducciones autonómicas baleares en el IRPF del autónomo

    La comunidad autónoma de las Islas Baleares tiene deducciones propias en el IRPF que se aplican sobre la cuota autonómica: deducción por inversión en instalaciones de energías renovables en la vivienda habitual (hasta 400 euros), deducción por donaciones a entidades culturales baleares, deducción por gastos de guardería y deducción por adquisición de libros de texto y material escolar. Estas deducciones pueden aplicarse de forma acumulada con las deducciones estatales. En LRB Tax & Legal, asesoría fiscal para autónomos en Mallorca, preparamos la declaración del IRPF aplicando todas las deducciones disponibles y defendemos ante la AEAT cuando cuestiona los gastos declarados. Si el caso llega al TEAR de Palma, contamos con peritos judiciales tributarios para elaborar los informes técnicos necesarios. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.