El auge del alquiler vacacional en Mallorca y el escrutinio de Hacienda
El alquiler de viviendas vacacionales en Mallorca a través de plataformas digitales como Airbnb, Booking.com, Vrbo y similares ha crecido de forma exponencial en los últimos años. La AEAT ha respondido con un sistema de información específico: el Modelo 179, que obliga a las plataformas digitales de alquiler de viviendas a informar trimestralmente a la AEAT de todos los ingresos generados por sus anfitriones en España. Esto significa que la AEAT conoce con exactitud qué ingresos ha obtenido cada propietario a través de estas plataformas, y puede contrastarlos con lo que han declarado en su IRPF. Los propietarios que no declaran estos ingresos son objeto de comprobaciones automáticas.
IRPF del alquiler vacacional en Mallorca: rendimientos del capital inmobiliario
Los ingresos por alquiler vacacional tributan en el IRPF como rendimientos del capital inmobiliario (no de actividad económica, salvo que el propietario preste servicios hoteleros con personal). No aplica la reducción del 60% prevista para el arrendamiento de vivienda habitual, porque el alquiler vacacional no se destina a ser la vivienda habitual del arrendatario. Los gastos deducibles son: amortización del inmueble (3% anual del mayor de coste de adquisición o valor catastral, excluido el suelo), intereses del préstamo hipotecario, IBI, cuotas de comunidad de propietarios, primas de seguro, comisiones de la plataforma, gastos de limpieza entre estancias y suministros, todos ellos en proporción a los días de alquiler efectivo respecto al total del año.
IVA del alquiler vacacional: exención o tipo del 10%
El alquiler vacacional está exento de IVA cuando el propietario no presta servicios propios de la industria hotelera (limpieza durante la estancia, cambio de ropa de cama, recepción). Si el propietario o el gestor presta estos servicios de forma sistemática, la operación se convierte en una prestación de servicios turísticos sujeta al IVA al 10%. Esta distinción es fundamental: si aplica el IVA, el propietario debe darse de alta en el censo de empresarios, presentar el Modelo 303 trimestralmente y el Modelo 390 anual, y emitir facturas con IVA a sus clientes.
La licencia turística en Baleares y sus implicaciones fiscales
En Baleares, el alquiler vacacional de viviendas requiere una licencia turística otorgada por la comunidad autónoma. La existencia de esta licencia es relevante fiscalmente porque la ATIB y la AEAT cruzan los datos del registro de viviendas turísticas con las declaraciones de IRPF de los propietarios para detectar ingresos no declarados. Un propietario con licencia turística que no declara los ingresos por alquiler tiene un riesgo muy alto de ser seleccionado para comprobación. En LRB Tax & Legal, despacho especializado en fiscalidad del alquiler vacacional en Baleares, asesoramos sobre la correcta declaración de ingresos, los gastos deducibles proporcionales y la gestión de las comprobaciones de la AEAT. Para valoraciones periciales de activos inmobiliarios en este contexto, ValiTax aporta el soporte técnico necesario. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.
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