Fiscalidad de las sociedades de inversión inmobiliaria en Mallorca
Las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI) son vehículos de inversión colectiva en el mercado inmobiliario que disfrutan de un tipo especial del Impuesto sobre Sociedades del 0% sobre los beneficios distribuidos como dividendos. Aunque las SOCIMIs cotizadas tributan al 0% en el IS, los socios personas físicas residentes en Baleares tributan por los dividendos recibidos en el IRPF como rendimientos del capital mobiliario. La diferencia entre la tributación del dividendo de una SOCIMI (que viene de una entidad que tributa al 0%) y el de una sociedad ordinaria (que distribuye beneficio ya gravado al 25%) ha generado un debate doctrinal y jurisprudencial sobre la doble imposición. Para inversores en el mercado inmobiliario balear, las SOCIMIs representan una alternativa de inversión con ventajas fiscales que deben analizarse en el contexto del régimen fiscal global del inversor.
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en Mallorca
El IBI es el impuesto local que grava la titularidad de inmuebles y se paga al ayuntamiento donde está situado el inmueble. Los tipos en los municipios de Mallorca varían: Palma aplica tipos entre el 0,45% y el 1,30% según la naturaleza del inmueble, mientras que municipios como Calvià, Andratx o Sóller aplican tipos distintos. El valor catastral del inmueble —que es la base imponible del IBI— puede estar desactualizado respecto al valor de mercado en muchos municipios de Mallorca que no han revisado sus valores catastrales en los últimos años. El IBI es un gasto deducible para los propietarios que alquilan el inmueble (en el IRPF o en el IS), proporcional a los días de arrendamiento en el caso del alquiler vacacional.
Plusvalía municipal en Mallorca: el IIVTNU reformado
El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), conocido como plusvalía municipal, se liquida al ayuntamiento correspondiente (Palma, Calvià, Manacor, etc.) cuando se transmite un inmueble urbano. Tras las sentencias del Tribunal Constitucional de 2017 y 2021, el impuesto fue reformado: si no hay incremento real del valor del terreno, no se devenga la plusvalía municipal; si lo hay, el contribuyente puede optar entre el método objetivo (fórmulas fijas sobre el valor catastral) y el método real (diferencia entre precio de venta y precio de compra del suelo). En municipios de Mallorca donde los precios del suelo han caído en determinadas zonas o tipologías, el método real puede resultar en un impuesto cero. En LRB Tax & Legal, especialistas en fiscalidad inmobiliaria en Mallorca, calculamos el importe óptimo de la plusvalía municipal y gestionamos las impugnaciones cuando el ayuntamiento practica liquidaciones incorrectas. Nuestros peritos judiciales tributarios de ValiTax emiten los informes de valoración del suelo cuando se discute el método real. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.
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