Inspección tributaria a empresas turísticas en Mallorca: qué comprueba la AEAT y cómo defenderse

Por qué el sector turístico de Mallorca es objetivo prioritario de la AEAT

El sector turístico de las Islas Baleares —que representa más del 45% del PIB de la comunidad autónoma— es históricamente uno de los sectores con mayor volumen de actuaciones inspectoras por parte de la AEAT. Las razones son múltiples: la complejidad del IVA en las operaciones turísticas (con tipos reducidos del 10%, régimen especial de agencias de viaje, operaciones intracomunitarias con touroperadores europeos), los elevados importes de las transacciones (compraventas de hoteles, permutas de suelo, joint ventures con inversores extranjeros) y la alta incidencia de estructuras de grupo con sociedades patrimoniales que gestionan los activos inmobiliarios separados de la explotación.

Focos principales de inspección en empresas hoteleras y turísticas de Mallorca

1. IVA en operaciones con touroperadores internacionales

Las empresas hoteleras de Mallorca que contratan con touroperadores europeos (principalmente alemanes y británicos) aplican el régimen de inversión del sujeto pasivo cuando el touroperador no está establecido en España. La AEAT comprueba exhaustivamente que la exención se aplica correctamente, que el touroperador está registrado en el VIES en el momento de la operación y que existe documentación que acredita que el servicio se presta fuera del ámbito espacial de aplicación del IVA español.

2. Régimen especial de agencias de viaje en el IVA

El Régimen Especial de las Agencias de Viaje (REAV) del artículo 141 LIVA es uno de los más complejos del sistema español de IVA. Las agencias receptivas de Mallorca que organizan paquetes turísticos deben determinar correctamente el margen de beneficio sobre el que aplican el IVA al 21%, sin posibilidad de deducir el IVA soportado en los servicios que integran el paquete. Los errores en la aplicación del REAV (aplicar IVA al tipo reducido del 10% en lugar del REAV, o deducir IVA soportado en compras de servicios incluidos en el paquete) son frecuentes y generan regularizaciones importantes.

3. Precios de transferencia entre la sociedad de explotación y la sociedad patrimonial

Es muy habitual en el sector hotelero balear que la sociedad de explotación del hotel pague un canon de arrendamiento a la sociedad patrimonial que es propietaria del inmueble. La AEAT comprueba que ese canon es el de mercado, solicitando valoraciones de peritos independientes o comparando con los cánones de mercado de activos similares en la misma zona turística. Si el canon es inferior al de mercado, la AEAT puede recalificar la diferencia como rendimiento del capital inmobiliario no declarado en sede de la sociedad patrimonial.

4. Impuesto sobre estades turístiques (tasa turística balear)

El Impost sobre les estades turístiques a les Illes Balears es un tributo propio de la comunidad autónoma gestionado por la ATIB. La AEAT y la ATIB cruzan información sobre el número de pernoctaciones declaradas con las declaradas por las plataformas de reserva (Booking, Airbnb, Expedia) mediante el Modelo 179 que presentan estas plataformas desde 2024. Las discrepancias entre las pernoctaciones declaradas a efectos de la tasa turística y las reflejadas en los datos de las plataformas son uno de los principales focos de comprobación.

5. Amortización de activos hoteleros y valor de los terrenos

La AEAT comprueba que la base de amortización de los edificios hoteleros excluye correctamente el valor del suelo, que en zonas costeras de primera línea de Mallorca puede representar el 40-60% del valor total del inmueble. Una amortización calculada sobre el valor total del inmueble sin excluir el suelo genera deducciones excesivas en el IS que la AEAT regularizará con intereses de demora retroactivos.

Cómo preparar la defensa ante una inspección tributaria en el sector turístico

La preparación previa a una inspección es determinante. Cuando la AEAT notifica el inicio de un procedimiento de inspección, el contribuyente dispone de tiempo para revisar su situación y preparar la documentación antes de la primera comparecencia. Los pasos más importantes son: revisar la correcta aplicación del IVA en todas las operaciones con touroperadores de los últimos cuatro años, verificar los contratos de arrendamiento con la sociedad patrimonial y sus valores de mercado, comprobar que la amortización de activos está correctamente calculada y documentada, y preparar un dossier completo de la documentación de precios de transferencia si el grupo supera el millón de euros de facturación. En LRB Tax & Legal, especialistas en defensa ante inspecciones tributarias, acompañamos a las empresas turísticas de Mallorca desde el primer día de la inspección hasta la resolución final. También contamos con peritos judiciales tributarios acreditados por ASPEJURE para los casos que requieren informe pericial ante el TEAR o los tribunales. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

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