Comprobación de valores de inmuebles en Mallorca por la ATIB: cómo impugnarla con éxito

Cómo funciona la comprobación de valores de inmuebles en Baleares

Cuando una persona compra un inmueble en Mallorca y paga el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) sobre el precio declarado en la escritura, la ATIB puede iniciar una comprobación de valores si considera que el valor real del inmueble —el valor de mercado en el momento de la transmisión— es superior al precio declarado. En ese caso, la ATIB practica una liquidación complementaria del ITP sobre la diferencia entre el valor que ella considera correcto y el precio declarado, más los intereses de demora. El tipo del ITP en Baleares es del 8% hasta 400.000 euros, del 9% entre 400.000 y 600.000, del 10% entre 600.000 y 1.000.000 y del 11% por encima de 1.000.000, con tipos reducidos para vivienda habitual. Las liquidaciones complementarias de la ATIB en el mercado inmobiliario de Mallorca pueden alcanzar importes muy significativos.

El valor de referencia catastral: el nuevo parámetro de la ATIB

Desde la reforma de la Ley del Catastro en 2022, el valor de referencia catastral actúa como valor mínimo a efectos del ITP e ISD para los inmuebles incluidos en el Catastro. Si el contribuyente declara un precio inferior al valor de referencia catastral, la liquidación del ITP se practica sobre el valor de referencia, sin necesidad de que la ATIB inicie un procedimiento de comprobación. Si el contribuyente considera que el valor de referencia catastral es superior al valor real de mercado —situación frecuente en inmuebles con características especiales, con cargas, en zonas en que el mercado ha caído o con tasaciones técnicas que justifican un precio menor— puede impugnar la liquidación aportando prueba de que el valor de referencia no corresponde al valor real.

Vías de impugnación: tasación pericial contradictoria o recurso ante el TEAR de Palma

El contribuyente tiene dos opciones para impugnar una comprobación de valores de la ATIB: la tasación pericial contradictoria (TPC) (artículo 135 LGT) o el recurso de reposición y posterior reclamación ante el TEAR de Palma de Mallorca. La TPC permite que un perito designado por el contribuyente valore el inmueble y compare esa valoración con la de la ATIB; si difieren en más de un 10% o 120.000 euros, se nombra un tercer perito dirimente que fija el valor definitivo. La TPC es especialmente eficaz cuando la valoración de la ATIB se aparta significativamente de la realidad del mercado inmobiliario de Mallorca, por no tener en cuenta factores como la orientación, las vistas, el estado de conservación, las servidumbres o la situación urbanística de la finca. Los peritos judiciales tributarios de ValiTax especializados en valoración inmobiliaria en Baleares elaboran los informes periciales para la TPC y para los recursos ante el TEAR. En LRB Tax & Legal coordinamos la estrategia de impugnación completa. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

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