Prescripción tributaria en Baleares: cuándo prescriben las deudas con la AEAT y la ATIB

El plazo de prescripción tributaria: 4 años para AEAT y ATIB

El plazo de prescripción tributaria es de cuatro años tanto para los impuestos gestionados por la AEAT (IRPF, IS, IVA, retenciones) como para los gestionados por la ATIB (ITP, ISD, IP, IATE). Este plazo se cuenta desde el día siguiente al último día del período voluntario de declaración o de ingreso de cada obligación. Transcurridos cuatro años sin que ninguna de las dos administraciones haya realizado actuación alguna que interrumpa la prescripción y haya sido notificada al contribuyente, la deuda queda extinguida y la Administración no puede exigirla.

Qué interrumpe la prescripción en Baleares

La prescripción se interrumpe por cualquier actuación de la AEAT o la ATIB notificada al contribuyente que se refiera al tributo y período concreto: inicio de comprobación, requerimiento de información, comunicación de inicio de inspección. También la interrumpen las actuaciones del propio contribuyente: presentación de declaración complementaria, solicitud de aplazamiento, interposición de recurso o reclamación. Una notificación defectuosa (practicada en domicilio distinto al fiscal, sin los dos intentos preceptivos, fuera de plazo) no interrumpe la prescripción, lo que puede determinar la extinción de la deuda aunque el contribuyente no se haya dado cuenta.

Prescripción del ITP en Baleares: plazo especial de 4 años desde la escritura

El ITP de las transmisiones inmobiliarias en Baleares prescribe a los cuatro años desde la fecha en que finalizó el plazo voluntario de presentación y pago del impuesto (30 días hábiles desde la fecha de la escritura). Si la ATIB notifica una comprobación de valores o una liquidación complementaria después de ese plazo sin haber realizado actuación interruptiva, la deuda ha prescrito y puede alegarse como motivo de impugnación. En la práctica, la ATIB en Baleares tiene un volumen elevado de comprobaciones de ITP pendientes y es frecuente que se notifiquen cerca del límite del plazo de prescripción. En LRB Tax & Legal, especialistas en defensa tributaria ante la AEAT y la ATIB en Baleares, analizamos en todos nuestros expedientes si concurren causas de prescripción alegables. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831 / ValiTax.es.

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