Tipos de IVA aplicables en la hostelería mallorquina
El IVA en el sector hotelero es uno de los ámbitos fiscales más complejos para las empresas turísticas de Mallorca. El tipo reducido del 10% aplica a los servicios de hostelería propiamente dicha —el alojamiento en hotel, apartamento turístico o establecimiento similar—, pero la realidad de la oferta hotelera moderna incluye múltiples servicios adicionales que pueden tributar al tipo reducido del 10%, al tipo general del 21% o incluso al tipo superreducido del 4%, según su naturaleza.
- Alojamiento (10%): el precio de la habitación o del apartamento turístico, incluyendo el desayuno cuando está incluido en el precio del alojamiento como servicio accesorio.
- Restauración (10%): los servicios de restaurante y bar del hotel, tanto para clientes alojados como para clientes externos.
- Servicios de spa y wellness (21%): los servicios de spa, masajes, tratamientos de belleza y similares tributan al tipo general del 21%, salvo que se consideren servicios médicos o sanitarios.
- Alquiler de vehículos (21%): los servicios de rent-a-car operados por el hotel o en sus instalaciones tributan al tipo general.
- Tiendas y souvenir (21%): la venta de bienes en tiendas del hotel tributa al tipo general que corresponda al bien vendido.
- Entradas a espectáculos y eventos (10% o 21%): dependiendo del tipo de espectáculo.
La distinción entre arrendamiento vacacional y servicio hotelero
La distinción más relevante —y más litigiosa— en la fiscalidad del IVA turístico balear es la que existe entre el arrendamiento para uso vacacional (exento de IVA) y la prestación de servicios hoteleros (IVA al 10%). Un apartamento turístico que el propietario alquila por períodos vacacionales sin prestar servicios adicionales está exento de IVA. Pero si el propietario o el gestor del apartamento presta servicios propios de la industria hotelera —recepción permanente, limpieza periódica durante la estancia, cambio de ropa de cama, suministro de alimentación—, la operación se convierte en una prestación de servicios sujeta al IVA al 10%.
Esta distinción es uno de los focos más frecuentes de inspección de la AEAT en Baleares, especialmente para los apartamentos gestionados a través de plataformas como Airbnb o Booking que ofrecen servicios adicionales. La clave es si los servicios prestados tienen la naturaleza y continuidad propias de un establecimiento hotelero.
El IVA de los paquetes turísticos: el régimen especial de agencias de viaje
Las agencias de viaje y los operadores turísticos que comercializan paquetes vacacionales que incluyen alojamiento y otros servicios en Mallorca están sujetos al Régimen Especial de las Agencias de Viaje (REAV). En este régimen, el IVA se calcula sobre el margen bruto de la agencia (diferencia entre el precio de venta al cliente y el coste de los servicios adquiridos de terceros para ese viaje), en lugar de sobre el precio total. El tipo aplicable sobre el margen es el general del 21%. Este régimen especial es obligatorio cuando la agencia actúa en nombre propio frente al cliente y utiliza bienes y servicios suministrados por otros empresarios.
Errores frecuentes de IVA en hoteles y restaurantes de Mallorca
- Aplicar el 10% a todos los servicios del hotel sin distinguir los que corresponden al 21%.
- No repercutir IVA sobre servicios prestados a clientes empresariales que pagan directamente (B2B), asumiendo incorrectamente que aplica la regla de inversión del sujeto pasivo.
- No llevar la separación correcta de bases imponibles por tipo en el libro registro de IVA, lo que dificulta la comprobación y puede generar presunciones negativas de la AEAT.
- Confundir el IVA soportado en los servicios prestados por terceros (deducible al tipo que corresponda) con el IVA repercutido al cliente.
En LRB Tax & Legal, despacho especializado en IVA del sector hotelero y turístico en Baleares, asesoramos sobre la correcta determinación del IVA aplicable y gestionamos los recursos cuando la AEAT regulariza la aplicación de tipos incorrectos. Ante inspecciones de IVA que requieren análisis pericial técnico, ValiTax elabora informes periciales tributarios para su uso ante el TEAR o los tribunales. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.
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