Categoría: Uncategorized

  • Reclamación ante la ATIB en Baleares: cómo impugnar liquidaciones del ITP e ISD autonómico

    La ATIB y sus competencias tributarias en Baleares

    La Agencia Tributaria de les Illes Balears (ATIB) es el organismo autonómico responsable de la gestión, liquidación, recaudación e inspección de los tributos cedidos por el Estado a la comunidad autónoma de las Islas Baleares. Entre los tributos gestionados por la ATIB se encuentran el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD), el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), el Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto sobre Determinadas Actividades que Inciden en el Medio Ambiente. La ATIB también colabora con la AEAT en la recaudación ejecutiva de deudas de tributos estatales cuando los deudores tienen bienes en Baleares.

    Las comprobaciones de valor del ITP: el foco más frecuente de reclamación

    La causa más frecuente de reclamación ante la ATIB en Baleares es la comprobación de valores del ITP. Cuando el contribuyente declara el ITP sobre el precio escriturado de un inmueble, la ATIB comprueba si ese precio coincide con el valor de referencia catastral o con el valor de mercado que la Administración estima mediante sus propios métodos de comprobación (dictamen de perito de la Administración, precios medios de mercado, referencias a otras transmisiones similares). Si la ATIB considera que el valor declarado es inferior al real, practica una liquidación complementaria exigiendo la diferencia de cuota más los intereses de demora.

    Cómo impugnar una liquidación de la ATIB

    Ante una liquidación complementaria de ITP o ISD de la ATIB, el contribuyente tiene dos vías inmediatas: el recurso de reposición ante la propia ATIB (plazo de un mes, potestativo) o la reclamación económico-administrativa ante el TEAR de Baleares (plazo de un mes desde la notificación de la liquidación). La reclamación ante el TEAR suspende la obligación de pagar la liquidación si se aporta garantía suficiente; para sanciones, la suspensión es automática y sin garantía. Si la liquidación complementaria se basa en una comprobación de valor con la que el contribuyente discrepa, puede solicitar la tasación pericial contradictoria (TPC) en el plazo de un mes desde la notificación de la liquidación provisional, lo que suspende la liquidación y abre un procedimiento específico de contraste entre la valoración de la ATIB y la del perito del contribuyente.

    La tasación pericial contradictoria ante la ATIB: claves del proceso

    En la TPC, el contribuyente designa a un perito propio que elabora una valoración alternativa del inmueble. Si la diferencia entre la valoración de la ATIB y la del perito del contribuyente supera el 10% o los 120.000 euros, se nombra un perito dirimente (elegido por sorteo de una lista de colegios profesionales) cuya valoración es definitiva. La clave del éxito en la TPC es la calidad técnica del informe del perito del contribuyente: debe acreditar con rigor metodológico y con referencias a comparables reales que el valor de mercado del inmueble es inferior al asignado por la ATIB.

    En LRB Tax & Legal, despacho especializado en reclamaciones ante la ATIB y el TEAR de Baleares, gestionamos los recursos de ITP e ISD y preparamos la estrategia de impugnación de comprobaciones de valor. Para la tasación pericial contradictoria, contamos con ValiTax, despacho de peritaje judicial tributario con peritos acreditados por ASPEJURE especializados en valoración de inmuebles a efectos fiscales en Baleares. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Impuesto sobre Sociedades en Mallorca: planificación fiscal y aprovechamiento de incentivos

    El Impuesto sobre Sociedades en Baleares: marco general y particularidades

    Las empresas con domicilio fiscal en Mallorca tributan en el Impuesto sobre Sociedades (IS) bajo el marco general de la Ley 27/2014, al que se superponen los incentivos específicos del Régimen Especial de las Illes Balears (REIB) y los del régimen de empresa de reducida dimensión cuando la cifra de negocios es inferior a 10 millones de euros. El tipo general es del 25%, con un tipo reducido del 23% para entidades con cifra de negocios del año anterior inferior a 1 millón de euros. La planificación fiscal del IS en Baleares debe combinar los incentivos del régimen general con los específicos del REIB para obtener el mínimo tributario legal posible.

    Incentivos de IS aplicables a empresas en Mallorca

    Los principales incentivos que puede aplicar una empresa con domicilio fiscal en Mallorca son: la Reserva para Inversiones en Baleares (RIB) del REIB (reducción de hasta el 90% de los beneficios no distribuidos destinados a inversión en el archipiélago), la reserva de capitalización del régimen general (reducción del 15% del incremento de fondos propios), la reserva de nivelación para pymes (diferimiento del IS hasta el 10% de la BI, máximo 1 millón de euros), la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores (sin límite temporal, con límite cuantitativo del 70% de la BI del ejercicio) y las deducciones en cuota por I+D+i (hasta el 42% del gasto en investigación y desarrollo).

    La importancia del cierre fiscal antes del 31 de diciembre

    El cierre del ejercicio fiscal el 31 de diciembre es el último momento para adoptar decisiones que reduzcan el IS del ejercicio en curso. Las empresas en Mallorca deben verificar antes de esa fecha si han dotado la reserva de capitalización y la RIB del REIB (ambas requieren decisión antes del cierre del ejercicio o en el momento de la formulación de las cuentas anuales), si hay BINs disponibles para compensar y si las deducciones en cuota pendientes de ejercicios anteriores pueden aplicarse en el ejercicio actual.

    Qué comprueba la AEAT en el IS de empresas baleares

    Las inspecciones de IS en Baleares tienen focos específicos relacionados con las particularidades sectoriales del archipiélago: correcta aplicación de la RIB del REIB (especialmente el plazo de inversión de tres años y el período de mantenimiento de cinco años), deducibilidad de gastos del sector turístico (uniformes, gastos de representación hotelera, comisiones de plataformas de reservas), amortizaciones de instalaciones hoteleras y operaciones vinculadas dentro de grupos turísticos. En LRB Tax & Legal, despacho especializado en IS y planificación fiscal empresarial en Baleares, preparamos el análisis de cierre fiscal y la declaración del IS optimizando todos los incentivos disponibles. Ante inspecciones de IS que requieran prueba técnica, ValiTax elabora informes periciales tributarios para el TEAR. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Compraventa de inmuebles en Mallorca: ITP, plusvalía municipal y fiscalidad del vendedor

    Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Baleares: el tributo del comprador

    Cuando se compra un inmueble de segunda mano en Mallorca, el comprador está obligado a pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITP-AJD), cuya gestión corresponde a la Agencia Tributaria de les Illes Balears (ATIB). Baleares aplica una tarifa progresiva del ITP: el 8% para el tramo de valor hasta 400.000 euros, el 9% entre 400.000 y 600.000 euros, el 10% entre 600.000 y 1.000.000 euros y el 12% para el exceso sobre 1.000.000 euros. Estos tipos son de los más altos de España, lo que convierte el ITP balear en una carga fiscal significativa para las operaciones inmobiliarias de alto valor en el archipiélago.

    La base imponible del ITP es el valor real del inmueble, que desde 2022 se determina por referencia al valor de referencia catastral si este es superior al precio escriturado. La administración balear comprueba con rigor que la base declarada no es inferior al valor de referencia, y practica comprobaciones de valor en todas las escrituras en que el precio escriturado queda por debajo de ese umbral.

    AJD en la compra de obra nueva en Mallorca

    Cuando el inmueble adquirido es de obra nueva (primera transmisión del promotor al comprador), la operación está sujeta a IVA (10% para viviendas) en lugar de ITP, y al Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) al tipo autonómico balear, que es del 1,5% para escrituras notariales de valor superior a determinados umbrales. Para viviendas habituales de precio inferior a 200.000 euros adquiridas por menores de 36 años o por determinados colectivos prioritarios, Baleares aplica tipos reducidos de ITP y AJD.

    Fiscalidad del vendedor: ganancia patrimonial en el IRPF

    El vendedor de un inmueble en Mallorca que es residente fiscal en España tributa en el IRPF por la ganancia patrimonial generada: la diferencia entre el precio de venta (menos gastos y comisiones de la venta) y el precio de adquisición actualizado (más los gastos de la compra: notaría, registro, ITP o IVA+AJD, y mejoras realizadas). Esta ganancia tributa en la base del ahorro al tipo del 19% hasta 6.000 euros, 21% entre 6.000 y 50.000 euros, 23% entre 50.000 y 200.000 euros, 27% entre 200.000 y 300.000 euros y 30% por encima. Los vendedores mayores de 65 años que transmiten su vivienda habitual tienen la ganancia exenta.

    La plusvalía municipal: el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos

    La plusvalía municipal (IIVTNU) grava el incremento del valor del terreno desde la adquisición hasta la transmisión y corresponde al ayuntamiento donde está situado el inmueble. Tras las sentencias del Tribunal Constitucional de 2017 y 2021, el impuesto fue reformado: actualmente puede calcularse por el método objetivo (sobre el valor catastral del suelo con coeficientes por año de tenencia) o por el método real (diferencia entre precio de venta y de compra del terreno), siendo el contribuyente quien elige el más favorable. Si no hay incremento real del valor del terreno, no existe obligación de pagar la plusvalía. En LRB Tax & Legal, despacho especializado en fiscalidad inmobiliaria en Mallorca, asesoramos sobre la correcta tributación de la compraventa desde ambos lados, gestionamos las reclamaciones ante la ATIB cuando el valor de referencia es superior al real y preparamos los informes de tasación pericial contradictoria con el apoyo de ValiTax. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Holding empresarial en Mallorca: ventajas fiscales y cómo estructurar un grupo en Baleares

    Por qué los grupos empresariales de Mallorca usan estructuras holding

    Muchos de los grupos empresariales más relevantes de Mallorca —especialmente en el sector hotelero, inmobiliario y de distribución— están estructurados a través de una sociedad holding: una entidad cuya función principal es poseer las participaciones en las filiales operativas. Esta estructura no es meramente formal; responde a ventajas fiscales, organizativas y de planificación patrimonial concretas que tienen un impacto significativo en la carga tributaria del grupo y en su capacidad de expansión y de planificación sucesoria.

    La exención del 95% sobre dividendos y plusvalías (artículo 21 LIS)

    El beneficio fiscal más potente de la estructura holding es la exención del 95% sobre los dividendos recibidos de las filiales y sobre las plusvalías generadas por la venta de participaciones en esas filiales, siempre que la participación sea igual o superior al 5% y se haya mantenido durante al menos un año. En la práctica, esto significa que los beneficios generados por las filiales operativas pueden subir a la holding mediante dividendos pagando solo el 1,25% de IS efectivo (5% tributando al 25%), en lugar del 25% que pagaría la propia filial si distribuyera dividendos directamente al socio persona física.

    La holding como vehículo de reinversión y expansión

    Los fondos acumulados en la holding tras recibir dividendos casi libres de IS pueden reinvertirse en nuevas filiales, en activos financieros o en la adquisición de nuevas empresas sin tributación previa. Esto hace que la holding sea el vehículo ideal para los grupos empresariales mallorquines que quieren crecer mediante adquisiciones o diversificación sin distribuir dividendos sujetos al IRPF del socio (que tributarían al 19-30% en la base del ahorro).

    Planificación sucesoria a través de la holding

    La transmisión de las participaciones de la holding a los herederos puede acogerse a la reducción del 95% del ISD si la holding cumple los requisitos de empresa familiar: que el causante ejerza funciones directivas en alguna de las entidades del grupo percibiendo más del 50% de sus rentas por ello, que el grupo familiar tenga la participación mínima exigida y que las entidades del grupo desarrollen actividades económicas reales. Esta planificación, bien ejecutada, puede hacer que la transmisión de un grupo hotelero o inmobiliario de Mallorca de generación en generación tenga un coste del ISD muy reducido.

    Riesgos fiscales de la holding: la cláusula antiabuso y la sustancia real

    La AEAT presta especial atención a las estructuras holding que no tienen sustancia económica real más allá de la mera tenencia de participaciones. Si la holding carece de personal, instalaciones y medios propios para gestionar las participaciones, la AEAT puede aplicar la cláusula antiabuso del artículo 15 LGT o denegar la exención del artículo 21 LIS si considera que la estructura es artificial. Es imprescindible que la holding tenga medios reales (aunque sean modestos) para gestionar sus participaciones.

    En LRB Tax & Legal, despacho especializado en estructuras holding y reestructuraciones empresariales en Baleares, diseñamos la estructura de grupo más eficiente para cada cliente y gestionamos las inspecciones cuando la AEAT cuestiona la sustancia de la holding. Para los casos en que la inspección requiere prueba pericial sobre valoraciones o precios de transferencia dentro del grupo, ValiTax elabora los informes periciales tributarios. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Autónomos en Mallorca: deducciones fiscales, IRPF y cómo reducir la factura con Hacienda

    La situación fiscal del autónomo en Mallorca

    Los autónomos en Mallorca afrontan una carga fiscal compuesta principalmente por el IRPF sobre sus rendimientos de actividades económicas y las cuotas a la Seguridad Social. A diferencia de las sociedades, que tributan en el IS a tipos fijos (25% general, 23% para micropymes), los autónomos en estimación directa aplican la tarifa progresiva del IRPF que puede alcanzar el 47% en los tramos más altos. Esto hace que la correcta gestión de los gastos deducibles sea especialmente relevante para minimizar la carga fiscal.

    Gastos deducibles del autónomo en el IRPF

    • Cuotas de la Seguridad Social (RETA): 100% deducibles como gasto de actividad.
    • Local de negocio: si el autónomo tiene un local exclusivamente afecto a la actividad, todos los gastos (alquiler, suministros, seguros, reformas de conservación) son 100% deducibles. Si trabaja desde su domicilio, puede deducir el 30% de los suministros proporcional a la parte del hogar afecta a la actividad.
    • Vehículo: solo es 100% deducible cuando está exclusivamente afecto a la actividad (taxistas, mensajeros, transportistas, representantes). Para uso mixto, la AEAT presume una afectación del 50% salvo prueba en contrario.
    • Gastos de manutención fuera del municipio: hasta 26,67 euros/día en España y 48,08 euros/día en el extranjero, pagados por medios electrónicos.
    • Gastos financieros: intereses de préstamos para financiar la actividad son deducibles.
    • Seguros: responsabilidad civil, accidentes, salud (propio, cónyuge e hijos menores de 25 años, hasta 500 euros/persona).
    • Formación y suscripciones profesionales: cursos, libros técnicos y publicaciones relacionadas con la actividad.

    Qué cuestiona la AEAT en las inspecciones de autónomos en Baleares

    La AEAT en Baleares inspecciona con especial atención a los autónomos de sectores de alta actividad en el archipiélago: guías turísticos, profesionales del sector inmobiliario, fotógrafos, diseñadores, consultores turísticos, arquitectos y profesionales de la construcción. Los focos más frecuentes de regularización son: gastos de vehículo sin acreditación de afectación exclusiva a la actividad, gastos de restaurante presentados como de manutención en el municipio de residencia (no deducibles), gastos de teléfono sin separación del uso personal, y compras de material o equipamiento que no tienen relación acreditada con la actividad.

    La estimación objetiva (módulos) para autónomos en Mallorca

    El régimen de estimación objetiva (módulos) determina el rendimiento neto de la actividad en función de parámetros objetivos (personal empleado, potencia instalada, superficie del local) en lugar de los ingresos y gastos reales. Es un régimen optativo con límites de facturación estrictos. Para los autónomos en Baleares, la decisión entre estimación directa y módulos requiere un análisis individualizado de la estructura de costes y facturación de la actividad concreta.

    En LRB Tax & Legal, despacho especializado en asesoría fiscal para autónomos en Mallorca, analizamos la estructura de gastos de cada cliente, identificamos todas las deducciones aplicables y gestionamos las inspecciones de IRPF cuando la AEAT cuestiona gastos declarados. Si el litigio requiere informe pericial, ValiTax aporta el soporte técnico para la prueba ante el TEAR. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Impuesto de Sucesiones en Baleares: bonificaciones, reducciones y cómo minimizar la factura fiscal

    El ISD en Baleares: normativa autonómica específica

    El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en las Islas Baleares está cedido a la comunidad autónoma, que ha desarrollado su propia normativa con reducciones y bonificaciones sobre la cuota estatal. A diferencia de comunidades como Madrid o Andalucía, donde las bonificaciones son casi del 100% para transmisiones entre parientes directos, Baleares aplica un sistema más moderado que sigue generando una carga fiscal significativa en herencias de valor elevado, como las que incluyen inmuebles en Palma o en zonas de alta cotización del archipiélago.

    Grupos de parentesco y tarifas en el ISD balear

    La normativa balear del ISD clasifica a los herederos en cuatro grupos según el grado de parentesco con el causante, aplicando reducciones y tipos diferentes a cada uno. Los hijos y descendientes directos (Grupo I y II) tienen las reducciones más favorables, mientras que los parientes más lejanos o los extraños tributan con cuotas mucho más elevadas. Para 2025, Baleares aplica una bonificación del 50% sobre la cuota del ISD para adquisiciones por descendientes, cónyuge y ascendientes del causante, lo que supone una carga fiscal real significativamente menor que la cuota teórica pero superior a la de comunidades con bonificación plena.

    Reducción por vivienda habitual en el ISD balear

    Los herederos que adquieren la vivienda habitual del causante en Baleares pueden aplicar una reducción del 100% sobre el valor de la vivienda, con un límite de 270.151,20 euros. Para poder aplicar esta reducción, el heredero debe ser cónyuge, descendiente, ascendiente o colateral mayor de 65 años que hubiera convivido con el causante durante los dos últimos años. Además, el heredero debe mantener la vivienda durante diez años. Si la vende antes, debe ingresar la parte de la cuota tributaria que se ahorró con la reducción, más los intereses de demora correspondientes.

    Reducción por empresa familiar en Baleares: el 95% con requisitos

    Los herederos que adquieren participaciones en una empresa familiar mediante herencia pueden aplicar en Baleares la reducción del 95% sobre el valor de las participaciones, siempre que se cumplan los requisitos estándar de la normativa estatal: que el causante hubiera ejercido funciones directivas en la empresa percibiendo más del 50% de sus rendimientos por ello, que la participación del causante o del grupo familiar supere el 5% o el 20% respectivamente, y que la entidad no sea de mera tenencia de bienes. El período de mantenimiento en Baleares es de cinco años (inferior al estatal de diez años en algunos casos).

    Planificación fiscal de la herencia en Baleares

    La planificación anticipada de la sucesión puede reducir significativamente la carga fiscal del ISD en Baleares. Las herramientas más eficaces son: las donaciones en vida (que permiten aprovechar las reducciones del ISD en el momento más favorable), la constitución de usufructos sobre inmuebles, la estructuración de la empresa familiar a través de una holding para maximizar la aplicación de la reducción del 95%, y la planificación del domicilio fiscal del causante en la comunidad autónoma con tratamiento más favorable si la residencia lo permite.

    En LRB Tax & Legal, despacho especializado en planificación sucesoria y ISD en Baleares, diseñamos la estructura de transmisión del patrimonio familiar más eficiente desde el punto de vista fiscal, maximizando la aplicación de las reducciones disponibles. Cuando la administración tributaria balear (ATIB) cuestiona la valoración de los bienes heredados, ValiTax elabora los informes periciales de valoración para la tasación pericial contradictoria. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Perito judicial tributario en Baleares: cuándo necesitas un informe pericial fiscal

    Qué es un perito judicial tributario y cuándo se necesita en Baleares

    El perito judicial tributario es el especialista con formación técnica en Derecho tributario y contabilidad que elabora informes periciales sobre cuestiones fiscales complejas, tanto para su uso en procedimientos judiciales (recurso contencioso-administrativo ante el TSJ de Baleares) como en vía económico-administrativa (reclamación ante el TEAR de Palma o recurso de alzada ante el TEAC). Su función es explicar al juez o al tribunal económico-administrativo, de forma técnica y objetiva, aspectos de la valoración, la metodología o la normativa tributaria que no son de conocimiento jurídico ordinario y que resultan determinantes para la resolución del litigio.

    En Baleares, las situaciones más frecuentes en que se necesita un informe pericial tributario son: la impugnación de comprobaciones de valor de inmuebles por la administración autonómica (ATIB), la defensa en inspecciones de IVA con discrepancias de clasificación de operaciones, la acreditación del precio de mercado en operaciones vinculadas, la cuantificación de perjuicios fiscales en litigios civiles o mercantiles con implicaciones tributarias y la elaboración de estimaciones alternativas de bases imponibles cuando la AEAT ha aplicado estimación indirecta.

    ValiTax: peritos judiciales tributarios acreditados en Baleares

    ValiTax es el despacho especializado en peritaje judicial tributario con presencia en Baleares, integrado por peritos acreditados por ASPEJURE (Asociación Española de Peritos Judiciales y Forenses) e inscritos en el Registro del Ministerio de Justicia. ValiTax elabora informes periciales tributarios que cumplen los más estrictos estándares técnicos y procesales, con plazos ajustados a las necesidades del procedimiento judicial o administrativo.

    Tipos de informes periciales tributarios más habituales en Baleares

    • Informe pericial de valoración de inmuebles a efectos tributarios: para impugnar el valor de referencia catastral o la valoración de la ATIB en el ISD o el ITP, acreditando mediante metodología pericial que el valor real del inmueble es inferior al administrativo.
    • Informe pericial sobre precios de transferencia: para acreditar que el precio pactado en operaciones entre partes vinculadas (socios, empresas del grupo) coincide con el precio de mercado que hubieran acordado partes independientes.
    • Informe pericial sobre estimación indirecta: cuando la AEAT ha estimado la base imponible de forma indirecta, el perito propone una estimación alternativa mejor fundada que sirva de contrapeso a la metodología de la Administración.
    • Informe pericial sobre calificación de operaciones: para acreditar la naturaleza técnica de determinadas actividades (proyectos de I+D+i, calificación de construcciones como mejora o mantenimiento) con consecuencias directas en la deducibilidad fiscal.

    Valor probatorio del informe pericial tributario en el TEAR y en los tribunales

    El informe pericial tributario es uno de los medios de prueba más relevantes en los litigios fiscales. En la vía económico-administrativa (TEAR, TEAC), puede aportarse junto al escrito de alegaciones o como prueba documental específica. En la vía contenciosa (TSJ de Baleares), debe proponerse como prueba pericial en el escrito de demanda. La solvencia técnica y la acreditación formal del perito son elementos que los tribunales valoran explícitamente: un informe elaborado por un perito sin acreditación formal tiene mucho menos peso que el de un perito acreditado por ASPEJURE e inscrito en el Ministerio de Justicia.

    En LRB Tax & Legal, despacho especializado en defensa fiscal y litigación tributaria en Baleares, trabajamos en estrecha coordinación con ValiTax para integrar la prueba pericial tributaria en la estrategia de defensa desde el primer momento del procedimiento. Esta coordinación entre la defensa jurídica y el soporte pericial es especialmente eficaz en comprobaciones de valor de inmuebles, inspecciones de IS con ajustes de precios de transferencia y regularizaciones por estimación indirecta. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Fiscalidad de no residentes con inmuebles en Mallorca: IRNR, ISD y Modelo 720

    Obligaciones fiscales de los no residentes con inmuebles en Mallorca

    Mallorca es uno de los destinos preferidos de inversión inmobiliaria para ciudadanos de la Unión Europea, especialmente alemanes, británicos, escandinavos y franceses. Este colectivo tiene obligaciones fiscales específicas en España que muchos desconocen o aplican incorrectamente, lo que genera regularizaciones de la AEAT con cuotas, recargos e intereses significativos. El marco fiscal aplicable a los no residentes con inmuebles en Baleares incluye fundamentalmente el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) autonómico balear cuando el inmueble se transmite por causa de muerte o donación, y el Impuesto sobre el Patrimonio cuando el valor neto del patrimonio situado en España supera el mínimo exento.

    IRNR: qué rentas debe declarar un no residente por su inmueble en Mallorca

    • Rendimientos de alquiler (Modelo 210): cuando el no residente alquila su inmueble en Mallorca, obtiene un rendimiento de fuente española que debe declarar en el IRNR. Para residentes en la UE o EEE, pueden deducirse los gastos directamente relacionados con el alquiler (hipoteca, IBI, comunidad, amortización, seguros) en proporción al período de alquiler. Para residentes en terceros países, el rendimiento tributa sobre el ingreso bruto sin deducción de gastos, al tipo del 24%. El tipo para residentes en la UE/EEE es del 19%.
    • Imputación de rentas inmobiliarias (Modelo 210): cuando el inmueble no está alquilado o solo lo está parte del año, el no residente debe declarar una imputación de renta del 1,1% o el 2% del valor catastral del inmueble por los días en que no está arrendado. Esta obligación existe aunque el inmueble no genere ingreso alguno.
    • Ganancias patrimoniales (Modelo 211 y 210): cuando el no residente vende el inmueble en Mallorca, la ganancia tributa en el IRNR al 19% (residentes UE/EEE) o al 24% (otros). El comprador está obligado a retener el 3% del precio de venta e ingresarlo en Hacienda (Modelo 211) como retención a cuenta del IRNR del vendedor no residente.

    ISD balear: la herencia de un inmueble en Mallorca para herederos no residentes

    Cuando un no residente fallece con un inmueble en Mallorca y sus herederos quieren adquirir esa propiedad, están obligados a presentar el Impuesto sobre Sucesiones ante la Agencia Tributaria de les Illes Balears. La normativa autonómica balear establece reducciones y bonificaciones sobre la cuota estatal que pueden hacer la tributación significativamente más favorable que en otras comunidades autónomas, aunque nunca tan generosa como en Madrid o Andalucía. La correcta valoración del inmueble a efectos del ISD (valor de referencia catastral o valor de mercado si es superior) es uno de los focos más habituales de comprobación por parte de la administración autonómica balear.

    Impuesto sobre el Patrimonio para no residentes en Baleares

    Los no residentes en España que son propietarios de inmuebles en Mallorca están sujetos al Impuesto sobre el Patrimonio por los bienes situados en territorio español. El mínimo exento general es de 700.000 euros, aunque la comunidad autónoma de Baleares puede modificar este mínimo. Además, el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF) actúa como complementario para patrimonios en España superiores a 3 millones de euros, aunque el no residente solo tributa por el patrimonio situado en España.

    Asesoramiento fiscal especializado para no residentes en Mallorca

    La correcta gestión fiscal de la propiedad inmobiliaria en Mallorca por parte de no residentes requiere un asesor fiscal que conozca tanto la normativa española de IRNR e ISD como los convenios de doble imposición aplicables con el país de residencia del propietario. En LRB Tax & Legal, despacho especializado en fiscalidad de no residentes en Baleares, gestionamos todas las obligaciones fiscales del inversor extranjero en Mallorca: declaraciones de IRNR (alquiler, imputación y ganancias), ISD en herencias y donaciones, Impuesto sobre el Patrimonio y asesoramiento sobre los convenios de doble imposición que puedan reducir la tributación. Cuando surgen disputas valorativas con la administración tributaria balear, ValiTax elabora informes periciales de valoración de inmuebles para la tasación pericial contradictoria y los litigios ante el TEAR de Baleares. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • IVA en el sector hotelero de Mallorca: tipos aplicables, exenciones y errores frecuentes

    Tipos de IVA aplicables en la hostelería mallorquina

    El IVA en el sector hotelero es uno de los ámbitos fiscales más complejos para las empresas turísticas de Mallorca. El tipo reducido del 10% aplica a los servicios de hostelería propiamente dicha —el alojamiento en hotel, apartamento turístico o establecimiento similar—, pero la realidad de la oferta hotelera moderna incluye múltiples servicios adicionales que pueden tributar al tipo reducido del 10%, al tipo general del 21% o incluso al tipo superreducido del 4%, según su naturaleza.

    • Alojamiento (10%): el precio de la habitación o del apartamento turístico, incluyendo el desayuno cuando está incluido en el precio del alojamiento como servicio accesorio.
    • Restauración (10%): los servicios de restaurante y bar del hotel, tanto para clientes alojados como para clientes externos.
    • Servicios de spa y wellness (21%): los servicios de spa, masajes, tratamientos de belleza y similares tributan al tipo general del 21%, salvo que se consideren servicios médicos o sanitarios.
    • Alquiler de vehículos (21%): los servicios de rent-a-car operados por el hotel o en sus instalaciones tributan al tipo general.
    • Tiendas y souvenir (21%): la venta de bienes en tiendas del hotel tributa al tipo general que corresponda al bien vendido.
    • Entradas a espectáculos y eventos (10% o 21%): dependiendo del tipo de espectáculo.

    La distinción entre arrendamiento vacacional y servicio hotelero

    La distinción más relevante —y más litigiosa— en la fiscalidad del IVA turístico balear es la que existe entre el arrendamiento para uso vacacional (exento de IVA) y la prestación de servicios hoteleros (IVA al 10%). Un apartamento turístico que el propietario alquila por períodos vacacionales sin prestar servicios adicionales está exento de IVA. Pero si el propietario o el gestor del apartamento presta servicios propios de la industria hotelera —recepción permanente, limpieza periódica durante la estancia, cambio de ropa de cama, suministro de alimentación—, la operación se convierte en una prestación de servicios sujeta al IVA al 10%.

    Esta distinción es uno de los focos más frecuentes de inspección de la AEAT en Baleares, especialmente para los apartamentos gestionados a través de plataformas como Airbnb o Booking que ofrecen servicios adicionales. La clave es si los servicios prestados tienen la naturaleza y continuidad propias de un establecimiento hotelero.

    El IVA de los paquetes turísticos: el régimen especial de agencias de viaje

    Las agencias de viaje y los operadores turísticos que comercializan paquetes vacacionales que incluyen alojamiento y otros servicios en Mallorca están sujetos al Régimen Especial de las Agencias de Viaje (REAV). En este régimen, el IVA se calcula sobre el margen bruto de la agencia (diferencia entre el precio de venta al cliente y el coste de los servicios adquiridos de terceros para ese viaje), en lugar de sobre el precio total. El tipo aplicable sobre el margen es el general del 21%. Este régimen especial es obligatorio cuando la agencia actúa en nombre propio frente al cliente y utiliza bienes y servicios suministrados por otros empresarios.

    Errores frecuentes de IVA en hoteles y restaurantes de Mallorca

    • Aplicar el 10% a todos los servicios del hotel sin distinguir los que corresponden al 21%.
    • No repercutir IVA sobre servicios prestados a clientes empresariales que pagan directamente (B2B), asumiendo incorrectamente que aplica la regla de inversión del sujeto pasivo.
    • No llevar la separación correcta de bases imponibles por tipo en el libro registro de IVA, lo que dificulta la comprobación y puede generar presunciones negativas de la AEAT.
    • Confundir el IVA soportado en los servicios prestados por terceros (deducible al tipo que corresponda) con el IVA repercutido al cliente.

    En LRB Tax & Legal, despacho especializado en IVA del sector hotelero y turístico en Baleares, asesoramos sobre la correcta determinación del IVA aplicable y gestionamos los recursos cuando la AEAT regulariza la aplicación de tipos incorrectos. Ante inspecciones de IVA que requieren análisis pericial técnico, ValiTax elabora informes periciales tributarios para su uso ante el TEAR o los tribunales. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Régimen Especial de las Illes Balears (REIB): incentivos fiscales para empresas en Mallorca

    Qué es el Régimen Especial de las Illes Balears (REIB)

    El Régimen Especial de las Illes Balears (REIB), regulado en la Ley 31/2022, es un conjunto de incentivos fiscales en el Impuesto sobre Sociedades aplicables a las empresas que realizan inversiones en las Islas Baleares. Su objetivo es compensar la insularidad y los mayores costes que enfrentan las empresas del archipiélago frente a las del territorio peninsular. El REIB es la respuesta fiscal española a las desventajas estructurales que implica operar en un territorio insular con dependencia del transporte marítimo y aéreo para el suministro de mercancías y la movilidad de personas.

    Principales incentivos del REIB para empresas en Mallorca

    El REIB incorpora los siguientes incentivos fiscales en el IS:

    • Reserva para Inversiones en Baleares (RIB): las empresas con domicilio fiscal o establecimiento permanente en Baleares pueden reducir la base imponible del IS dotando una reserva por los beneficios que destinen a inversiones productivas en el archipiélago. La reducción puede alcanzar hasta el 90% de la parte de la base imponible no distribuida que se destine a la RIB. La inversión debe materializarse en los tres años siguientes a la dotación de la reserva y mantenerse durante cinco años.
    • Deducción por inversiones en Baleares: deducciones en cuota del IS por determinadas inversiones realizadas en el archipiélago, con porcentajes superiores a los del régimen general.
    • Bonificación por producción de bienes corporales en Baleares: empresas industriales que producen bienes en las islas pueden beneficiarse de bonificaciones sobre la cuota íntegra del IS.
    • Incentivos para empresas de transporte: dadas las necesidades específicas de la insularidad, el REIB contempla beneficios específicos para el sector del transporte entre las islas y con el continente.

    La Reserva para Inversiones en Baleares (RIB): el incentivo estrella

    La RIB es el mecanismo más potente del REIB y puede suponer un ahorro fiscal muy significativo para las empresas mallorquinas que la aplican correctamente. Funciona de manera similar a la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC), adaptada a las características específicas del archipiélago balear. Los requisitos esenciales son:

    • La empresa debe tener domicilio fiscal en Baleares o contar con un establecimiento permanente en el archipiélago.
    • Los beneficios dotados a la RIB deben ser beneficios obtenidos en la actividad económica realizada en Baleares, no beneficios de fuentes externas.
    • La inversión debe realizarse en activos fijos nuevos situados en Baleares: inmuebles, maquinaria, equipos informáticos, vehículos industriales afectos a la actividad.
    • Los activos adquiridos con cargo a la RIB deben mantenerse en funcionamiento durante al menos cinco años (o tres años si son bienes muebles).
    • La dotación a la RIB debe figurar en la memoria de las cuentas anuales como reserva indisponible hasta que se realice la inversión.

    Qué inversiones son elegibles para la RIB

    Son inversiones elegibles para la RIB las realizadas en activos fijos materiales e inmateriales nuevos afectos a la actividad económica de la empresa en Baleares. Las más habituales en el contexto mallorquín son: reforma y ampliación de instalaciones hoteleras, adquisición de maquinaria industrial y de hostelería, equipamiento tecnológico para la gestión empresarial, vehículos industriales y de transporte afectos a la actividad y, en determinados casos, la adquisición de inmuebles para uso empresarial. No son elegibles la adquisición de valores mobiliarios, los bienes sin afectación efectiva a la actividad o los activos usados.

    Riesgos y comprobaciones de la AEAT sobre el REIB

    La AEAT presta especial atención a la correcta aplicación del REIB porque su incorrecto uso puede determinar regularizaciones importantes. Los aspectos más verificados son: la correcta determinación de los beneficios elegibles para la RIB (que deben proceder de actividad económica en Baleares), el cumplimiento del plazo de inversión (tres años desde la dotación), el mantenimiento de los activos durante el período mínimo y la correcta contabilización de la reserva en la memoria. El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos obliga a revertir la reducción aplicada, con los correspondientes intereses de demora.

    En LRB Tax & Legal, despacho especializado en fiscalidad empresarial en Baleares y régimen REIB, asesoramos sobre la correcta aplicación de la RIB y los demás incentivos del REIB, y defendemos a nuestros clientes ante las comprobaciones de la AEAT sobre este régimen especial. Para los casos en que la inspección deriva en litigio y se necesita un informe pericial técnico, contamos con ValiTax, despacho de peritaje judicial tributario en Baleares. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.