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  • Impuesto de Sucesiones en Baleares: bonificaciones, reducciones y cómo minimizar la factura fiscal

    El ISD en Baleares: normativa autonómica específica

    El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en las Islas Baleares está cedido a la comunidad autónoma, que ha desarrollado su propia normativa con reducciones y bonificaciones sobre la cuota estatal. A diferencia de comunidades como Madrid o Andalucía, donde las bonificaciones son casi del 100% para transmisiones entre parientes directos, Baleares aplica un sistema más moderado que sigue generando una carga fiscal significativa en herencias de valor elevado, como las que incluyen inmuebles en Palma o en zonas de alta cotización del archipiélago.

    Grupos de parentesco y tarifas en el ISD balear

    La normativa balear del ISD clasifica a los herederos en cuatro grupos según el grado de parentesco con el causante, aplicando reducciones y tipos diferentes a cada uno. Los hijos y descendientes directos (Grupo I y II) tienen las reducciones más favorables, mientras que los parientes más lejanos o los extraños tributan con cuotas mucho más elevadas. Para 2025, Baleares aplica una bonificación del 50% sobre la cuota del ISD para adquisiciones por descendientes, cónyuge y ascendientes del causante, lo que supone una carga fiscal real significativamente menor que la cuota teórica pero superior a la de comunidades con bonificación plena.

    Reducción por vivienda habitual en el ISD balear

    Los herederos que adquieren la vivienda habitual del causante en Baleares pueden aplicar una reducción del 100% sobre el valor de la vivienda, con un límite de 270.151,20 euros. Para poder aplicar esta reducción, el heredero debe ser cónyuge, descendiente, ascendiente o colateral mayor de 65 años que hubiera convivido con el causante durante los dos últimos años. Además, el heredero debe mantener la vivienda durante diez años. Si la vende antes, debe ingresar la parte de la cuota tributaria que se ahorró con la reducción, más los intereses de demora correspondientes.

    Reducción por empresa familiar en Baleares: el 95% con requisitos

    Los herederos que adquieren participaciones en una empresa familiar mediante herencia pueden aplicar en Baleares la reducción del 95% sobre el valor de las participaciones, siempre que se cumplan los requisitos estándar de la normativa estatal: que el causante hubiera ejercido funciones directivas en la empresa percibiendo más del 50% de sus rendimientos por ello, que la participación del causante o del grupo familiar supere el 5% o el 20% respectivamente, y que la entidad no sea de mera tenencia de bienes. El período de mantenimiento en Baleares es de cinco años (inferior al estatal de diez años en algunos casos).

    Planificación fiscal de la herencia en Baleares

    La planificación anticipada de la sucesión puede reducir significativamente la carga fiscal del ISD en Baleares. Las herramientas más eficaces son: las donaciones en vida (que permiten aprovechar las reducciones del ISD en el momento más favorable), la constitución de usufructos sobre inmuebles, la estructuración de la empresa familiar a través de una holding para maximizar la aplicación de la reducción del 95%, y la planificación del domicilio fiscal del causante en la comunidad autónoma con tratamiento más favorable si la residencia lo permite.

    En LRB Tax & Legal, despacho especializado en planificación sucesoria y ISD en Baleares, diseñamos la estructura de transmisión del patrimonio familiar más eficiente desde el punto de vista fiscal, maximizando la aplicación de las reducciones disponibles. Cuando la administración tributaria balear (ATIB) cuestiona la valoración de los bienes heredados, ValiTax elabora los informes periciales de valoración para la tasación pericial contradictoria. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Perito judicial tributario en Baleares: cuándo necesitas un informe pericial fiscal

    Qué es un perito judicial tributario y cuándo se necesita en Baleares

    El perito judicial tributario es el especialista con formación técnica en Derecho tributario y contabilidad que elabora informes periciales sobre cuestiones fiscales complejas, tanto para su uso en procedimientos judiciales (recurso contencioso-administrativo ante el TSJ de Baleares) como en vía económico-administrativa (reclamación ante el TEAR de Palma o recurso de alzada ante el TEAC). Su función es explicar al juez o al tribunal económico-administrativo, de forma técnica y objetiva, aspectos de la valoración, la metodología o la normativa tributaria que no son de conocimiento jurídico ordinario y que resultan determinantes para la resolución del litigio.

    En Baleares, las situaciones más frecuentes en que se necesita un informe pericial tributario son: la impugnación de comprobaciones de valor de inmuebles por la administración autonómica (ATIB), la defensa en inspecciones de IVA con discrepancias de clasificación de operaciones, la acreditación del precio de mercado en operaciones vinculadas, la cuantificación de perjuicios fiscales en litigios civiles o mercantiles con implicaciones tributarias y la elaboración de estimaciones alternativas de bases imponibles cuando la AEAT ha aplicado estimación indirecta.

    ValiTax: peritos judiciales tributarios acreditados en Baleares

    ValiTax es el despacho especializado en peritaje judicial tributario con presencia en Baleares, integrado por peritos acreditados por ASPEJURE (Asociación Española de Peritos Judiciales y Forenses) e inscritos en el Registro del Ministerio de Justicia. ValiTax elabora informes periciales tributarios que cumplen los más estrictos estándares técnicos y procesales, con plazos ajustados a las necesidades del procedimiento judicial o administrativo.

    Tipos de informes periciales tributarios más habituales en Baleares

    • Informe pericial de valoración de inmuebles a efectos tributarios: para impugnar el valor de referencia catastral o la valoración de la ATIB en el ISD o el ITP, acreditando mediante metodología pericial que el valor real del inmueble es inferior al administrativo.
    • Informe pericial sobre precios de transferencia: para acreditar que el precio pactado en operaciones entre partes vinculadas (socios, empresas del grupo) coincide con el precio de mercado que hubieran acordado partes independientes.
    • Informe pericial sobre estimación indirecta: cuando la AEAT ha estimado la base imponible de forma indirecta, el perito propone una estimación alternativa mejor fundada que sirva de contrapeso a la metodología de la Administración.
    • Informe pericial sobre calificación de operaciones: para acreditar la naturaleza técnica de determinadas actividades (proyectos de I+D+i, calificación de construcciones como mejora o mantenimiento) con consecuencias directas en la deducibilidad fiscal.

    Valor probatorio del informe pericial tributario en el TEAR y en los tribunales

    El informe pericial tributario es uno de los medios de prueba más relevantes en los litigios fiscales. En la vía económico-administrativa (TEAR, TEAC), puede aportarse junto al escrito de alegaciones o como prueba documental específica. En la vía contenciosa (TSJ de Baleares), debe proponerse como prueba pericial en el escrito de demanda. La solvencia técnica y la acreditación formal del perito son elementos que los tribunales valoran explícitamente: un informe elaborado por un perito sin acreditación formal tiene mucho menos peso que el de un perito acreditado por ASPEJURE e inscrito en el Ministerio de Justicia.

    En LRB Tax & Legal, despacho especializado en defensa fiscal y litigación tributaria en Baleares, trabajamos en estrecha coordinación con ValiTax para integrar la prueba pericial tributaria en la estrategia de defensa desde el primer momento del procedimiento. Esta coordinación entre la defensa jurídica y el soporte pericial es especialmente eficaz en comprobaciones de valor de inmuebles, inspecciones de IS con ajustes de precios de transferencia y regularizaciones por estimación indirecta. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Fiscalidad de no residentes con inmuebles en Mallorca: IRNR, ISD y Modelo 720

    Obligaciones fiscales de los no residentes con inmuebles en Mallorca

    Mallorca es uno de los destinos preferidos de inversión inmobiliaria para ciudadanos de la Unión Europea, especialmente alemanes, británicos, escandinavos y franceses. Este colectivo tiene obligaciones fiscales específicas en España que muchos desconocen o aplican incorrectamente, lo que genera regularizaciones de la AEAT con cuotas, recargos e intereses significativos. El marco fiscal aplicable a los no residentes con inmuebles en Baleares incluye fundamentalmente el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) autonómico balear cuando el inmueble se transmite por causa de muerte o donación, y el Impuesto sobre el Patrimonio cuando el valor neto del patrimonio situado en España supera el mínimo exento.

    IRNR: qué rentas debe declarar un no residente por su inmueble en Mallorca

    • Rendimientos de alquiler (Modelo 210): cuando el no residente alquila su inmueble en Mallorca, obtiene un rendimiento de fuente española que debe declarar en el IRNR. Para residentes en la UE o EEE, pueden deducirse los gastos directamente relacionados con el alquiler (hipoteca, IBI, comunidad, amortización, seguros) en proporción al período de alquiler. Para residentes en terceros países, el rendimiento tributa sobre el ingreso bruto sin deducción de gastos, al tipo del 24%. El tipo para residentes en la UE/EEE es del 19%.
    • Imputación de rentas inmobiliarias (Modelo 210): cuando el inmueble no está alquilado o solo lo está parte del año, el no residente debe declarar una imputación de renta del 1,1% o el 2% del valor catastral del inmueble por los días en que no está arrendado. Esta obligación existe aunque el inmueble no genere ingreso alguno.
    • Ganancias patrimoniales (Modelo 211 y 210): cuando el no residente vende el inmueble en Mallorca, la ganancia tributa en el IRNR al 19% (residentes UE/EEE) o al 24% (otros). El comprador está obligado a retener el 3% del precio de venta e ingresarlo en Hacienda (Modelo 211) como retención a cuenta del IRNR del vendedor no residente.

    ISD balear: la herencia de un inmueble en Mallorca para herederos no residentes

    Cuando un no residente fallece con un inmueble en Mallorca y sus herederos quieren adquirir esa propiedad, están obligados a presentar el Impuesto sobre Sucesiones ante la Agencia Tributaria de les Illes Balears. La normativa autonómica balear establece reducciones y bonificaciones sobre la cuota estatal que pueden hacer la tributación significativamente más favorable que en otras comunidades autónomas, aunque nunca tan generosa como en Madrid o Andalucía. La correcta valoración del inmueble a efectos del ISD (valor de referencia catastral o valor de mercado si es superior) es uno de los focos más habituales de comprobación por parte de la administración autonómica balear.

    Impuesto sobre el Patrimonio para no residentes en Baleares

    Los no residentes en España que son propietarios de inmuebles en Mallorca están sujetos al Impuesto sobre el Patrimonio por los bienes situados en territorio español. El mínimo exento general es de 700.000 euros, aunque la comunidad autónoma de Baleares puede modificar este mínimo. Además, el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF) actúa como complementario para patrimonios en España superiores a 3 millones de euros, aunque el no residente solo tributa por el patrimonio situado en España.

    Asesoramiento fiscal especializado para no residentes en Mallorca

    La correcta gestión fiscal de la propiedad inmobiliaria en Mallorca por parte de no residentes requiere un asesor fiscal que conozca tanto la normativa española de IRNR e ISD como los convenios de doble imposición aplicables con el país de residencia del propietario. En LRB Tax & Legal, despacho especializado en fiscalidad de no residentes en Baleares, gestionamos todas las obligaciones fiscales del inversor extranjero en Mallorca: declaraciones de IRNR (alquiler, imputación y ganancias), ISD en herencias y donaciones, Impuesto sobre el Patrimonio y asesoramiento sobre los convenios de doble imposición que puedan reducir la tributación. Cuando surgen disputas valorativas con la administración tributaria balear, ValiTax elabora informes periciales de valoración de inmuebles para la tasación pericial contradictoria y los litigios ante el TEAR de Baleares. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • IVA en el sector hotelero de Mallorca: tipos aplicables, exenciones y errores frecuentes

    Tipos de IVA aplicables en la hostelería mallorquina

    El IVA en el sector hotelero es uno de los ámbitos fiscales más complejos para las empresas turísticas de Mallorca. El tipo reducido del 10% aplica a los servicios de hostelería propiamente dicha —el alojamiento en hotel, apartamento turístico o establecimiento similar—, pero la realidad de la oferta hotelera moderna incluye múltiples servicios adicionales que pueden tributar al tipo reducido del 10%, al tipo general del 21% o incluso al tipo superreducido del 4%, según su naturaleza.

    • Alojamiento (10%): el precio de la habitación o del apartamento turístico, incluyendo el desayuno cuando está incluido en el precio del alojamiento como servicio accesorio.
    • Restauración (10%): los servicios de restaurante y bar del hotel, tanto para clientes alojados como para clientes externos.
    • Servicios de spa y wellness (21%): los servicios de spa, masajes, tratamientos de belleza y similares tributan al tipo general del 21%, salvo que se consideren servicios médicos o sanitarios.
    • Alquiler de vehículos (21%): los servicios de rent-a-car operados por el hotel o en sus instalaciones tributan al tipo general.
    • Tiendas y souvenir (21%): la venta de bienes en tiendas del hotel tributa al tipo general que corresponda al bien vendido.
    • Entradas a espectáculos y eventos (10% o 21%): dependiendo del tipo de espectáculo.

    La distinción entre arrendamiento vacacional y servicio hotelero

    La distinción más relevante —y más litigiosa— en la fiscalidad del IVA turístico balear es la que existe entre el arrendamiento para uso vacacional (exento de IVA) y la prestación de servicios hoteleros (IVA al 10%). Un apartamento turístico que el propietario alquila por períodos vacacionales sin prestar servicios adicionales está exento de IVA. Pero si el propietario o el gestor del apartamento presta servicios propios de la industria hotelera —recepción permanente, limpieza periódica durante la estancia, cambio de ropa de cama, suministro de alimentación—, la operación se convierte en una prestación de servicios sujeta al IVA al 10%.

    Esta distinción es uno de los focos más frecuentes de inspección de la AEAT en Baleares, especialmente para los apartamentos gestionados a través de plataformas como Airbnb o Booking que ofrecen servicios adicionales. La clave es si los servicios prestados tienen la naturaleza y continuidad propias de un establecimiento hotelero.

    El IVA de los paquetes turísticos: el régimen especial de agencias de viaje

    Las agencias de viaje y los operadores turísticos que comercializan paquetes vacacionales que incluyen alojamiento y otros servicios en Mallorca están sujetos al Régimen Especial de las Agencias de Viaje (REAV). En este régimen, el IVA se calcula sobre el margen bruto de la agencia (diferencia entre el precio de venta al cliente y el coste de los servicios adquiridos de terceros para ese viaje), en lugar de sobre el precio total. El tipo aplicable sobre el margen es el general del 21%. Este régimen especial es obligatorio cuando la agencia actúa en nombre propio frente al cliente y utiliza bienes y servicios suministrados por otros empresarios.

    Errores frecuentes de IVA en hoteles y restaurantes de Mallorca

    • Aplicar el 10% a todos los servicios del hotel sin distinguir los que corresponden al 21%.
    • No repercutir IVA sobre servicios prestados a clientes empresariales que pagan directamente (B2B), asumiendo incorrectamente que aplica la regla de inversión del sujeto pasivo.
    • No llevar la separación correcta de bases imponibles por tipo en el libro registro de IVA, lo que dificulta la comprobación y puede generar presunciones negativas de la AEAT.
    • Confundir el IVA soportado en los servicios prestados por terceros (deducible al tipo que corresponda) con el IVA repercutido al cliente.

    En LRB Tax & Legal, despacho especializado en IVA del sector hotelero y turístico en Baleares, asesoramos sobre la correcta determinación del IVA aplicable y gestionamos los recursos cuando la AEAT regulariza la aplicación de tipos incorrectos. Ante inspecciones de IVA que requieren análisis pericial técnico, ValiTax elabora informes periciales tributarios para su uso ante el TEAR o los tribunales. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Régimen Especial de las Illes Balears (REIB): incentivos fiscales para empresas en Mallorca

    Qué es el Régimen Especial de las Illes Balears (REIB)

    El Régimen Especial de las Illes Balears (REIB), regulado en la Ley 31/2022, es un conjunto de incentivos fiscales en el Impuesto sobre Sociedades aplicables a las empresas que realizan inversiones en las Islas Baleares. Su objetivo es compensar la insularidad y los mayores costes que enfrentan las empresas del archipiélago frente a las del territorio peninsular. El REIB es la respuesta fiscal española a las desventajas estructurales que implica operar en un territorio insular con dependencia del transporte marítimo y aéreo para el suministro de mercancías y la movilidad de personas.

    Principales incentivos del REIB para empresas en Mallorca

    El REIB incorpora los siguientes incentivos fiscales en el IS:

    • Reserva para Inversiones en Baleares (RIB): las empresas con domicilio fiscal o establecimiento permanente en Baleares pueden reducir la base imponible del IS dotando una reserva por los beneficios que destinen a inversiones productivas en el archipiélago. La reducción puede alcanzar hasta el 90% de la parte de la base imponible no distribuida que se destine a la RIB. La inversión debe materializarse en los tres años siguientes a la dotación de la reserva y mantenerse durante cinco años.
    • Deducción por inversiones en Baleares: deducciones en cuota del IS por determinadas inversiones realizadas en el archipiélago, con porcentajes superiores a los del régimen general.
    • Bonificación por producción de bienes corporales en Baleares: empresas industriales que producen bienes en las islas pueden beneficiarse de bonificaciones sobre la cuota íntegra del IS.
    • Incentivos para empresas de transporte: dadas las necesidades específicas de la insularidad, el REIB contempla beneficios específicos para el sector del transporte entre las islas y con el continente.

    La Reserva para Inversiones en Baleares (RIB): el incentivo estrella

    La RIB es el mecanismo más potente del REIB y puede suponer un ahorro fiscal muy significativo para las empresas mallorquinas que la aplican correctamente. Funciona de manera similar a la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC), adaptada a las características específicas del archipiélago balear. Los requisitos esenciales son:

    • La empresa debe tener domicilio fiscal en Baleares o contar con un establecimiento permanente en el archipiélago.
    • Los beneficios dotados a la RIB deben ser beneficios obtenidos en la actividad económica realizada en Baleares, no beneficios de fuentes externas.
    • La inversión debe realizarse en activos fijos nuevos situados en Baleares: inmuebles, maquinaria, equipos informáticos, vehículos industriales afectos a la actividad.
    • Los activos adquiridos con cargo a la RIB deben mantenerse en funcionamiento durante al menos cinco años (o tres años si son bienes muebles).
    • La dotación a la RIB debe figurar en la memoria de las cuentas anuales como reserva indisponible hasta que se realice la inversión.

    Qué inversiones son elegibles para la RIB

    Son inversiones elegibles para la RIB las realizadas en activos fijos materiales e inmateriales nuevos afectos a la actividad económica de la empresa en Baleares. Las más habituales en el contexto mallorquín son: reforma y ampliación de instalaciones hoteleras, adquisición de maquinaria industrial y de hostelería, equipamiento tecnológico para la gestión empresarial, vehículos industriales y de transporte afectos a la actividad y, en determinados casos, la adquisición de inmuebles para uso empresarial. No son elegibles la adquisición de valores mobiliarios, los bienes sin afectación efectiva a la actividad o los activos usados.

    Riesgos y comprobaciones de la AEAT sobre el REIB

    La AEAT presta especial atención a la correcta aplicación del REIB porque su incorrecto uso puede determinar regularizaciones importantes. Los aspectos más verificados son: la correcta determinación de los beneficios elegibles para la RIB (que deben proceder de actividad económica en Baleares), el cumplimiento del plazo de inversión (tres años desde la dotación), el mantenimiento de los activos durante el período mínimo y la correcta contabilización de la reserva en la memoria. El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos obliga a revertir la reducción aplicada, con los correspondientes intereses de demora.

    En LRB Tax & Legal, despacho especializado en fiscalidad empresarial en Baleares y régimen REIB, asesoramos sobre la correcta aplicación de la RIB y los demás incentivos del REIB, y defendemos a nuestros clientes ante las comprobaciones de la AEAT sobre este régimen especial. Para los casos en que la inspección deriva en litigio y se necesita un informe pericial técnico, contamos con ValiTax, despacho de peritaje judicial tributario en Baleares. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Inspección tributaria en Baleares: cómo actuar cuando Hacienda llama a tu empresa turística

    Por qué las empresas turísticas de Baleares son objetivo prioritario de la AEAT

    El sector turístico de las Islas Baleares concentra una actividad económica de enorme volumen que la AEAT monitoriza con especial intensidad. Hoteles, apartamentos turísticos, agencias de viaje, empresas de alquiler de vehículos, restaurantes y proveedores del sector mueven miles de millones de euros cada año en el archipiélago. La alta estacionalidad, el cobro frecuente en efectivo, la presencia de clientes extranjeros y la complejidad del IVA aplicable al sector hotelero y de restauración hacen de estas empresas un objetivo frecuente de las actuaciones inspectoras de la AEAT.

    Según el Plan de Control Tributario de la AEAT, los sectores de hostelería, restauración y alquiler vacacional están entre los de mayor riesgo de fraude fiscal identificados por la Administración, lo que se traduce en una mayor probabilidad de ser seleccionado para inspección si la empresa opera en estos sectores en Baleares.

    Qué ocurre cuando la AEAT inicia una inspección

    La inspección tributaria de la AEAT comienza con una comunicación de inicio de actuaciones inspectoras que se notifica al contribuyente por correo certificado o, si está obligado a ello, a través del sistema NEO/DEHú. Esta comunicación identifica el tributo o tributos objeto de inspección, los ejercicios que se van a comprobar y el alcance de las actuaciones (general o parcial). La notificación de inicio de inspección interrumpe el plazo de prescripción y abre un período máximo de actuación de 18 meses (27 meses en casos de especial complejidad o cuando el contribuyente es gran empresa).

    Los primeros pasos: qué hacer al recibir la comunicación

    • Consultar inmediatamente con un especialista en defensa fiscal: el primer paso más importante. La estrategia de defensa debe planificarse antes del primer contacto con el inspector, no después. Las decisiones que se toman en las primeras semanas —qué documentación aportar, cómo contestar los requerimientos, cómo comunicarse con el inspector— pueden determinar el resultado final de la inspección.
    • Verificar la notificación: comprobar que la comunicación está correctamente notificada y que identifica con precisión el alcance de la inspección. Una notificación defectuosa puede ser determinante para la nulidad de las actuaciones posteriores.
    • Recopilar la documentación: preparar los libros contables, las facturas (emitidas y recibidas), los libros registro de IVA, los contratos relevantes y cualquier documentación que acredite la correcta declaración de los tributos objeto de inspección.
    • No aportar más de lo requerido: en la inspección, el contribuyente debe aportar lo que la AEAT pide expresamente, no todo lo que tiene. Aportar documentación voluntariamente más allá de lo requerido puede abrir nuevos frentes de regularización.

    Aspectos específicos de la inspección en el sector turístico balear

    Las inspecciones de empresas turísticas en Baleares tienen focos específicos que difieren de las inspecciones de otros sectores:

    • IVA hotelero y de restauración: el tipo del 10% aplica a los servicios de hostelería y restauración, pero los servicios accesorios (spa, tiendas, alquiler de vehículos) pueden tributar al tipo general del 21%. La correcta separación de las bases imponibles por tipo aplicable es uno de los focos más frecuentes de regularización.
    • Alquiler vacacional: la distinción entre arrendamiento para uso vacacional (exento de IVA) y arrendamiento turístico con servicios hoteleros (IVA al 10%) es un área de especial litigiosidad. La AEAT comprueba con rigor si el propietario presta efectivamente servicios adicionales que justifican la tributación al tipo reducido del 10%.
    • Ingresos en efectivo: los negocios que operan con alta proporción de cobros en efectivo (restaurantes, bares, pequeños comercios turísticos) son objeto de comprobación de ingresos mediante análisis de movimientos bancarios y comparación con ratios del sector.
    • Trabajadores de temporada: las empresas turísticas con alta rotación de personal de temporada están bajo escrutinio en materia de retenciones de IRPF y cotizaciones a la Seguridad Social, especialmente en relación con los trabajadores extranjeros sin residencia fiscal en España.

    Cómo preparar la defensa ante una inspección tributaria en Baleares

    La clave de una defensa exitosa ante una inspección tributaria es la preparación previa. Las empresas que tienen su documentación perfectamente organizada, sus declaraciones correctamente soportadas y un asesor fiscal especializado a su lado desde el inicio del procedimiento tienen ventajas significativas frente a las que reaccionan de forma reactiva una vez que la inspección está avanzada.

    En LRB Tax & Legal, despacho especializado en defensa ante inspecciones tributarias de empresas turísticas en Baleares, acompañamos a nuestros clientes desde el primer requerimiento hasta la resolución final, incluyendo la fase de recursos ante el TEAR de Baleares si la propuesta del inspector es incorrecta. Para los casos en que el litigio requiere prueba pericial, contamos con ValiTax, despacho de peritaje judicial tributario con peritos acreditados por ASPEJURE y el Ministerio de Justicia. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

    Derechos del contribuyente ante la inspección

    • Derecho a actuar mediante representante (asesor fiscal o abogado) en todas las comparecencias.
    • Derecho a no aportar documentación ya en poder de la AEAT o no exigible en el tipo de procedimiento concreto.
    • Derecho a no declarar contra sí mismo en la fase sancionadora.
    • Derecho a conocer el estado del procedimiento y a obtener copia del expediente.
    • Derecho a formular alegaciones antes de que se dicte el acta de inspección.
    • Derecho a impugnar el acta de disconformidad ante el TEAR en el plazo de un mes.

    Ante cualquier inspección tributaria en Baleares, no esperes a que el proceso esté avanzado para buscar asesoramiento especializado. Contacta con LRB Tax & Legal en cuanto recibas la notificación de inicio de actuaciones.

  • Asesor fiscal en Mallorca: cómo elegir el mejor despacho para tu empresa

    Por qué necesitas un asesor fiscal especializado en Mallorca

    La fiscalidad de las empresas que operan en Mallorca y en las Islas Baleares tiene particularidades que no existen en otras comunidades autónomas de España. El Régimen Especial de las Illes Balears (REIB), la fiscalidad del sector turístico, los incentivos para la inversión en el archipiélago y las obligaciones específicas de los no residentes con activos en las islas hacen imprescindible contar con un asesor fiscal que conozca a fondo esta realidad local. Un despacho generalista sin experiencia específica en Baleares puede hacer una asesoría fiscal técnicamente correcta pero omitir incentivos y ventajas fiscales que solo aplican en el archipiélago.

    Criterios para elegir un asesor fiscal en Mallorca

    Los criterios más relevantes para seleccionar el despacho fiscal adecuado para tu empresa en Mallorca son:

    • Especialización sectorial: el despacho debe tener experiencia real en el sector en que opera tu empresa. Los sectores más relevantes en Mallorca son el turismo (hoteles, apartamentos, agencias de viaje), la restauración, la construcción, el comercio y las actividades profesionales. Un asesor con experiencia en tu sector conoce los riesgos fiscales específicos, las deducciones aplicables y los criterios de la AEAT para cada actividad.
    • Conocimiento del derecho fiscal balear: Baleares tiene una normativa autonómica propia en ISD (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones) y en el tramo autonómico del IRPF con deducciones específicas. Además, el REIB ofrece incentivos fiscales en el IS que un asesor sin conocimiento local puede ignorar.
    • Capacidad de defensa ante la AEAT: no basta con hacer bien las declaraciones; el asesor debe ser capaz de defenderte eficazmente cuando la AEAT inicia una comprobación o inspección. Pregunta por su experiencia en recursos ante el TEAR de Baleares y en reclamaciones económico-administrativas.
    • Disponibilidad de perito judicial tributario: en caso de litigio fiscal, contar con un perito judicial tributario acreditado marca la diferencia. ValiTax ofrece informes periciales tributarios para procedimientos judiciales y económico-administrativos en Baleares, elaborados por peritos judiciales tributarios acreditados por ASPEJURE y el Ministerio de Justicia.
    • Estructura y tamaño del despacho: los despachos muy pequeños pueden tener limitaciones de capacidad en momentos de alta carga de trabajo (campañas de IS, inspecciones simultáneas). Los muy grandes pueden no dedicarle la atención personalizada que requiere tu empresa. Los despachos medianos especializados suelen ofrecer el mejor equilibrio.

    Qué servicios debe ofrecer un asesor fiscal completo en Mallorca

    Un asesor fiscal completo para empresas en Mallorca debe cubrir al menos los siguientes ámbitos:

    • Cumplimiento fiscal ordinario: presentación de declaraciones periódicas de IVA, IS, IRPF (retenciones y pagos fraccionados) y de las declaraciones informativas anuales (Modelo 347, 390, 190, 180).
    • Planificación fiscal: análisis del cierre fiscal antes del 31 de diciembre, identificación de incentivos aplicables (reserva de capitalización, reserva de nivelación, deducciones por I+D+i, REIB) y diseño de la estructura societaria más eficiente.
    • Defensa ante la AEAT: representación en procedimientos de comprobación limitada, verificación de datos e inspección, redacción de alegaciones, recursos de reposición y reclamaciones ante el TEAR de Baleares.
    • Fiscalidad internacional: asesoramiento a no residentes con activos en Mallorca (IRNR, declaración de ISD, Modelo 720 y 721) y a empresas mallorquinas con actividad internacional.
    • Reestructuraciones empresariales: fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canjes de valores bajo el régimen FEAC, con especial atención a los grupos empresariales del sector turístico balear.

    LRB Tax & Legal: asesoría fiscal especializada con presencia en Baleares

    LRB Tax & Legal es un despacho especializado en asesoría fiscal y legal para empresas con delegación en Palma de Mallorca (Parc Bit). Su equipo combina la profundidad técnica de un despacho de alto nivel con el conocimiento específico del entorno fiscal balear. Sus áreas de especialización incluyen la defensa ante inspecciones de la AEAT, la planificación fiscal empresarial, las reestructuraciones bajo el régimen FEAC y la fiscalidad del sector turístico. El despacho también cuenta con peritos judiciales tributarios acreditados (ValiTax) para los casos en que el litigio fiscal requiere prueba pericial ante los tribunales.

    Preguntas que debes hacer antes de contratar un asesor fiscal en Mallorca

    • ¿Tienen experiencia en empresas de mi sector (turismo, hostelería, construcción, comercio)?
    • ¿Han gestionado inspecciones de la AEAT en Baleares? ¿Con qué resultado?
    • ¿Conocen el Régimen Especial de las Illes Balears (REIB) y los incentivos fiscales autonómicos?
    • ¿Disponen de abogados y peritos judiciales tributarios para la vía contenciosa?
    • ¿Cuál es su tiempo de respuesta ante una notificación urgente de la AEAT?
    • ¿Tienen experiencia en fiscalidad de no residentes con propiedades en Mallorca?

    Conclusión

    Elegir el asesor fiscal adecuado en Mallorca puede suponer una diferencia significativa en la carga fiscal de tu empresa y en tu capacidad de defensa ante la AEAT. Los criterios clave son la especialización sectorial, el conocimiento del derecho fiscal balear, la experiencia en defensa ante la Administración y la disponibilidad de un equipo completo que cubra desde el cumplimiento ordinario hasta el litigio tributario. Contacta con LRB Tax & Legal para una primera consulta: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Impuesto de Patrimonio en Mallorca: quién tributa, cuánto y cómo optimizarlo

    El Impuesto sobre el Patrimonio en Baleares: una realidad ineludible

    A diferencia de comunidades como Madrid o Andalucía, que han bonificado el Impuesto sobre el Patrimonio al 100% para sus residentes, las Illes Balears mantienen el impuesto vigente con su tarifa propia. Dado el elevado valor del mercado inmobiliario en Mallorca —donde no es infrecuente que una familia con vivienda propia más una segunda propiedad supere el umbral de tributación—, el IP es una realidad fiscal que muchos residentes en Baleares afrontan sin haberlo anticipado.

    Mínimo exento y quién tributa en Baleares

    El mínimo exento en Baleares es de 700.000 euros de patrimonio neto, más una exención adicional de 300.000 euros por la vivienda habitual del contribuyente. Por lo tanto, un contribuyente con vivienda habitual valorada en 500.000 euros y patrimonio adicional de 250.000 euros (total: 750.000 euros) quedaría fuera del umbral de tributación al aplicar la exención de la vivienda habitual. Sin embargo, un contribuyente con apartamento turístico en la zona de Alcudia valorado en 800.000 euros y otros ahorros tributa íntegramente sobre el exceso del mínimo exento.

    Tarifa del IP en Baleares

    La tarifa autonómica del IP en las Illes Balears es progresiva, con tipos que van del 0,28% para el primer tramo hasta el 3,45% para patrimonios superiores a 10.695.996 euros. Para grandes fortunas, el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF) establece un complemento estatal que garantiza una tributación mínima independientemente de la comunidad autónoma de residencia.

    Valoración de los inmuebles en el Impuesto sobre el Patrimonio en Mallorca

    Los inmuebles se incluyen en el IP por el mayor de tres valores: el valor catastral, el valor comprobado por la Administración a efectos de otros impuestos y el precio de adquisición. En Mallorca, dado el fuerte incremento del valor de mercado de los inmuebles en los últimos años, el precio de adquisición (especialmente para inmuebles adquiridos recientemente) puede ser muy superior al valor catastral, lo que eleva significativamente la base del IP.

    Estrategias de optimización del Impuesto sobre el Patrimonio en Baleares

    Las principales estrategias legales para reducir la carga del IP en Baleares son: aplicar la exención por empresa familiar (participaciones en empresas que el contribuyente dirige con remuneración superior al 50% de sus ingresos totales); estructurar las inversiones en productos de ahorro no sujetos al IP; y para residentes con patrimonio muy elevado, analizar si el traslado de residencia fiscal a una comunidad con bonificación del 100% (como Andalucía, que también bonifica al 100% desde 2022) es viable desde el punto de vista personal y empresarial. En LRB Tax & Legal, despacho especializado en planificación patrimonial y Impuesto sobre el Patrimonio en Mallorca, asesoramos sobre las estrategias de optimización del IP disponibles para cada contribuyente. ValiTax elabora informes periciales cuando la AEAT cuestiona la valoración de participaciones en entidades no cotizadas incluidas en el patrimonio. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831 / Fiscalidad Baleares LRB.

  • Sanciones tributarias en Mallorca: cómo impugnarlas y cuándo son anulables

    El principio de culpabilidad en las sanciones tributarias en Mallorca

    Cuando la Delegación Especial de la AEAT en Palma de Mallorca impone una sanción tributaria —ya sea por falta de ingreso, por presentación fuera de plazo, por datos incorrectos en declaraciones informativas o por cualquier otra infracción—, no puede hacerlo de forma automática por el mero hecho de que se haya cometido una infracción objetiva. El principio de culpabilidad del artículo 183 LGT exige que la sanción esté motivada en la concurrencia de dolo o negligencia en la conducta del contribuyente. La ausencia de esta motivación específica es el motivo de impugnación más poderoso y más frecuente frente a las sanciones tributarias.

    Qué dice el Tribunal Supremo sobre la motivación de las sanciones

    El Tribunal Supremo ha establecido en múltiples sentencias que la AEAT no puede motivar la culpabilidad con fórmulas genéricas del tipo «el contribuyente debía conocer la norma» o «la infracción es clara e indudable». La motivación debe ser específica: debe identificar concretamente qué conducta del contribuyente fue negligente, por qué no era razonable la interpretación que siguió, y por qué no concurre ninguna causa exculpatoria (interpretación razonable, buena fe, error de hecho excusable). Si la resolución sancionadora de la Delegación de Palma no cumple estos estándares, el TEAR de las Illes Balears o el TSJ de Baleares pueden anularla aunque la liquidación de fondo sea correcta.

    Cuándo impugnar una sanción tributaria en Mallorca

    La respuesta es casi siempre: cuando la cuantía es relevante, recurrir siempre merece la pena porque (1) la sanción queda suspendida automáticamente sin garantía al recurrir, (2) el recurso es gratuito ante el TEAR, (3) la tasa de estimación de sanciones es significativamente más alta que la de liquidaciones porque los defectos de motivación de culpabilidad son frecuentes en la práctica de la AEAT, y (4) si se pierde el recurso, el contribuyente puede acogerse a las reducciones por pago voluntario sin impugnar más instancias.

    Proceso para impugnar una sanción en Mallorca

    • Plazo: un mes desde la notificación de la resolución sancionadora.
    • Vía: recurso de reposición ante la Delegación de Palma (potestativo) o directamente reclamación ante el TEAR de las Illes Balears.
    • Argumento principal: falta de motivación específica de la culpabilidad, interpretación razonable de la norma o concurrencia de causa exculpatoria.
    • Si el TEAR desestima: recurso de alzada al TEAC (si la cuantía supera 1.800 euros en sanciones) o recurso contencioso ante el TSJ de Baleares.

    En LRB Tax & Legal, despacho especializado en defensa ante sanciones tributarias en Mallorca y Baleares, analizamos la motivación de cada sanción e identificamos los argumentos de impugnación más sólidos. ValiTax elabora informes periciales cuando la sanción está vinculada a una regularización de valores o estimación indirecta. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831 / www.LRB.es.

  • Reestructuración empresarial en Mallorca: fusiones, escisiones y régimen FEAC

    Por qué las empresas baleares necesitan reestructurarse

    El tejido empresarial de Mallorca presenta una estructura característica: abundantes pymes familiares del sector turístico y de servicios que han crecido de forma orgánica durante décadas, a menudo con estructuras societarias que no fueron planificadas fiscalmente desde el origen y que con el tiempo generan ineficiencias: tributación excesiva, dificultades para la planificación sucesoria, responsabilidad patrimonial de los socios, o imposibilidad de atraer socios inversores o de acceder a financiación corporativa. La reestructuración empresarial mediante fusiones, escisiones o aportaciones de activos es la herramienta que permite corregir estas ineficiencias.

    El régimen especial FEAC: neutralidad fiscal en reestructuraciones

    El Régimen Fiscal Especial de Fusiones, Escisiones, Aportaciones de Activos y Canje de Valores (FEAC), regulado en el Capítulo VII del Título VII de la Ley del IS, permite realizar estas operaciones con neutralidad fiscal: las plusvalías latentes en los activos transmitidos no tributan en el momento de la reestructuración, sino que el gravamen queda diferido hasta que esos activos sean transmitidos a terceros. Para acogerse al FEAC, la operación debe tener un motivo económico válido distinto de la mera ventaja fiscal, y la AEAT puede denegar el régimen si considera que la operación es artificial.

    Operaciones de reestructuración más frecuentes en Mallorca

    • Escisión parcial de la rama hotelera: separar los inmuebles (hoteles, apartamentos turísticos) de la explotación hotelera en entidades separadas, para optimizar la gestión patrimonial y la fiscalidad de cada actividad.
    • Aportación no dineraria de participaciones a una holding: agrupar las participaciones de los socios en varias sociedades bajo una holding familiar que permita la exención de dividendos y la planificación sucesoria eficiente.
    • Fusión por absorción de sociedades del grupo: simplificar la estructura societaria reduciendo el número de entidades, con la consiguiente reducción de costes de gestión y mayor eficiencia fiscal.
    • Canje de valores: reorganizar la participación de los socios mediante el canje de sus acciones o participaciones por acciones de la nueva entidad resultante.

    En LRB Tax & Legal, despacho especializado en reestructuraciones empresariales bajo el régimen FEAC en Baleares, planificamos y ejecutamos estas operaciones con plena seguridad jurídica, elaborando la documentación que acredita el motivo económico válido y gestionando la comunicación con la AEAT cuando es necesaria. ValiTax elabora los informes periciales de valoración de activos que son necesarios para cuantificar las plusvalías latentes diferidas en la operación. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831 / www.LRB.es.