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  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en Baleares: tipos, exenciones y gestión ante la ATIB

    Tipos del ITP en las Islas Baleares para 2025

    El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en las Islas Baleares grava la compraventa de inmuebles de segunda mano (usados) entre particulares. La escala de tipos para 2025 es progresiva y se aplica al valor de transmisión o, si es superior, al valor de referencia catastral: el 8% para la parte de base liquidable hasta 400.000 euros, el 9% entre 400.000 y 600.000 euros, el 10% entre 600.000 y 1.000.000 de euros y el 11% para el exceso sobre 1.000.000 de euros. Esta escala hace que el ITP balear sea uno de los más elevados de España para las viviendas de lujo en Mallorca, donde los precios en zonas como Puerto Portals, Santa Ponsa, Deià o Valldemossa superan habitualmente el millón de euros.

    Tipos reducidos del ITP balear para colectivos específicos

    La normativa balear establece tipos reducidos para colectivos específicos: el 4% para la adquisición de la primera vivienda habitual por personas menores de 36 años con renta inferior a determinados umbrales, el 4% para personas con discapacidad igual o superior al 65% que adquieren su vivienda habitual, y el 4% para familias numerosas que adquieren su vivienda habitual de valor no superior a 250.000 euros. Estos tipos reducidos requieren el mantenimiento de la condición habilitante durante los años posteriores a la adquisición y la ATIB puede comprobar su cumplimiento.

    Base imponible del ITP: valor declarado vs. valor de referencia catastral

    Desde 2022, la base imponible del ITP es el mayor entre el precio declarado en la escritura y el valor de referencia catastral. Si el contribuyente considera que el valor de referencia catastral es superior al valor real de mercado, puede impugnar la liquidación aportando prueba de valor (tasación pericial, escrituras de operaciones comparables recientes en la misma zona). Los peritos judiciales tributarios de ValiTax especializados en el mercado inmobiliario de Mallorca elaboran informes de valoración que acreditan el valor real del inmueble para impugnar las liquidaciones complementarias de la ATIB. En LRB Tax & Legal coordinamos la estrategia de defensa integral ante la ATIB. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Reclamación ante el TEAR de Palma de Mallorca: guía práctica para contribuyentes en Baleares

    El TEAR de Palma: la instancia revisora para Baleares

    El Tribunal Económico-Administrativo Regional de Baleares (TEAR de Palma) es el órgano administrativo competente para revisar las reclamaciones económico-administrativas de los contribuyentes en las Islas Baleares contra los actos de la AEAT y, en determinados casos, de la ATIB. La reclamación ante el TEAR es gratuita, no requiere abogado ni procurador, y suspende automáticamente la ejecución de las sanciones sin necesidad de aportar garantía. Para las liquidaciones tributarias, la suspensión requiere aportar garantía (aval bancario, hipoteca, seguro de caución). El plazo para interponer la reclamación es de un mes desde la notificación del acto impugnado.

    Tipos de actos recurribles ante el TEAR de Palma

    • Liquidaciones tributarias dictadas por la delegación de la AEAT en Palma de Mallorca.
    • Sanciones tributarias de la AEAT y de la ATIB.
    • Liquidaciones del ITP, ISD, IP y IATE dictadas por la ATIB.
    • Comprobaciones de valores practicadas por la ATIB sobre inmuebles en Baleares.
    • Resoluciones desestimatorias de solicitudes de devolución o aplazamiento.
    • Providencias de apremio y diligencias de embargo de la AEAT.

    Plazos de resolución del TEAR de Palma y qué ocurre si no resuelve

    El TEAR de Palma tiene un plazo legal de un año para resolver las reclamaciones. En la práctica, dado el volumen de asuntos pendientes, los plazos reales suelen ser superiores. Transcurrido el año sin resolución, el silencio es negativo: el contribuyente puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJ de Baleares) sin necesidad de esperar más. Durante toda la tramitación, la deuda queda suspendida (si se aportó garantía) y no se generan recargos de apremio.

    Cómo maximizar la probabilidad de éxito ante el TEAR de Palma

    Los factores que más influyen en el éxito ante el TEAR son: (1) identificar correctamente el vicio del acto (falta de motivación, error en los hechos, aplicación incorrecta de la norma, defecto de procedimiento); (2) citar jurisprudencia favorable del propio TEAR de Palma, del TEAC y del Tribunal Supremo; (3) aportar toda la documentación que acredita la posición del contribuyente; y (4) presentar el escrito dentro del plazo de un mes. En LRB Tax & Legal, especialistas en reclamaciones ante el TEAR de Palma de Mallorca, preparamos los escritos de reclamación con la máxima solidez argumental y seguimiento proactivo hasta la resolución. Cuando el caso requiere prueba técnica, nuestros peritos judiciales tributarios acreditados por ASPEJURE elaboran los informes periciales necesarios. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Fiscalidad del alquiler vacacional en Mallorca: IRPF, IVA y tasa turística en 2025

    IRPF del alquiler vacacional en Mallorca: sin reducción del 60%

    El alquiler vacacional o turístico en Mallorca tributa en el IRPF como rendimiento del capital inmobiliario, pero a diferencia del arrendamiento de vivienda habitual (que goza de la reducción del 60%), el alquiler vacacional no tiene derecho a esa reducción. El propietario declara los ingresos brutos y deduce los gastos proporcionales a los días de alquiler: IBI proporcional, cuota de comunidad proporcional, seguro proporcional, intereses del préstamo hipotecario proporcionales, amortización del inmueble proporcional y gastos de plataforma (comisión de Airbnb, Booking, etc.). Los días de uso propio o de estancia vacía solo permiten deducir la amortización y el IBI, sin el resto de gastos. La Agencia Tributaria cruza los ingresos declarados con los informados por las plataformas digitales mediante el Modelo 179, que obliga a Airbnb, Booking y similares a informar trimestralmente de los ingresos de sus anfitriones en España.

    IVA en el alquiler vacacional: cuándo aplica y cuándo no

    El arrendamiento de inmuebles para uso vacacional está en principio exento de IVA. Sin embargo, cuando el propietario presta servicios propios de la industria hotelera —limpieza periódica durante la estancia, cambio de ropa de cama a lo largo de la estancia, recepción y atención continua al cliente— la operación sale de la exención y tributa al IVA al 10%. Esta distinción es clave en Mallorca, donde muchos propietarios de villas y apartamentos vacacionales ofrecen servicios adicionales a través de gestoras de alquiler que pueden llevar a que la operación tribute en IVA sin que el propietario lo sepa.

    El impost sobre les estades turístiques de Baleares: la tasa turística

    El Impost sobre les estades turístiques a les Illes Balears (IATE) grava las estancias turísticas en alojamientos de las islas con un tipo que varía según la categoría del alojamiento y el período del año: entre 1 y 4 euros por persona y noche en temporada alta para hoteles, y entre 0,5 y 2 euros para apartamentos particulares. El propietario o la gestora del alquiler vacacional es el sujeto pasivo de la tasa y debe presentar y pagar las liquidaciones ante la ATIB. La inspección de la ATIB sobre el cumplimiento de la tasa turística se está intensificando, con cruce de información con los registros de plataformas digitales. En LRB Tax & Legal, especialistas en fiscalidad del alquiler vacacional en Mallorca, gestionamos la declaración del IRPF, el IVA y la tasa turística para propietarios de alojamientos vacacionales en Baleares. Ante discrepancias con la AEAT o la ATIB, contamos con peritos judiciales tributarios especializados. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Aplazamiento de deudas tributarias en Baleares: cómo negociar con la AEAT y la ATIB para no entrar en apremio

    Aplazamiento de deudas ante la AEAT y ante la ATIB: dos procedimientos distintos

    En Baleares, el contribuyente puede tener deudas tributarias ante dos administraciones: la AEAT (para impuestos estatales como IRPF, IS, IVA y retenciones) y la ATIB (Agència Tributària de les Illes Balears, para impuestos cedidos como el ITP, el ISD y el IP). Cada una tiene su propio procedimiento de aplazamiento y sus propios criterios de concesión, aunque el marco legal es el mismo: el artículo 65 LGT y el Reglamento General de Recaudación. La estrategia de aplazamiento puede ser especialmente relevante para empresas turísticas de Mallorca que tienen una marcada estacionalidad: los ingresos se concentran en los meses de temporada alta (mayo-octubre) y las deudas tributarias acumuladas durante el invierno pueden generar problemas de liquidez en los meses de baja actividad.

    Aplazamiento sin garantía hasta 30.000 euros: el procedimiento más rápido

    Para deudas inferiores a 30.000 euros (sumando todas las deudas pendientes del mismo contribuyente ante la AEAT), la concesión del aplazamiento es casi automática: el contribuyente presenta la solicitud on-line a través de la sede electrónica de la AEAT indicando el plan de pago propuesto (número de plazos y fechas) y la AEAT la concede en la mayoría de los casos sin exigir garantía. El plazo máximo habitual es de 12 meses, aunque en casos justificados puede ampliarse. El interés aplicable es el interés legal del dinero (3,25% en 2025) para los primeros 12 meses y el interés de demora (4,0625%) para plazos superiores. Esta modalidad es especialmente útil para autónomos y pymes en Mallorca que tienen dificultades de liquidez puntuales.

    Aplazamiento con garantía para deudas superiores a 30.000 euros

    Para deudas superiores a 30.000 euros, la AEAT exige la aportación de una garantía suficiente que cubra el importe de la deuda, los intereses del período de aplazamiento y el recargo de apremio. Las garantías admisibles son el aval bancario solidario, la hipoteca inmobiliaria sobre bienes en España y el seguro de caución. El aval bancario es el más habitual, aunque su coste (comisión bancaria del 0,5-1,5% anual sobre el importe garantizado) debe tenerse en cuenta al comparar con otras alternativas de financiación.

    Deudas que no pueden aplazarse: retenciones e IVA de turoperadores

    Las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF (sueldos, honorarios, alquileres) no pueden aplazarse porque son fondos de terceros. Las empresas turísticas que intentan aplazar las retenciones de sus empleados cometen un error frecuente: la AEAT inadmite la solicitud y el período de apremio continúa. En LRB Tax & Legal, especialistas en gestión de deudas tributarias en Baleares, gestionamos las solicitudes de aplazamiento ante la AEAT y la ATIB, negociamos las condiciones más favorables y preparamos la documentación de justificación de dificultades de tesorería que maximiza la probabilidad de concesión. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831 / ValiTax.es.

  • Fiscalidad de la construcción e inmobiliario en Mallorca: IS, IVA y plusvalías en el sector promotor

    IVA en las transmisiones inmobiliarias en Mallorca: primera y segunda entrega

    En el sector promotor de Mallorca, la primera entrega de edificaciones (viviendas y locales nuevos vendidos por el promotor) está sujeta a IVA al tipo reducido del 10% para viviendas (4% para vivienda de protección oficial) y al tipo general del 21% para locales, naves y plazas de garaje que se vendan con independencia de la vivienda. La segunda y posteriores transmisiones de edificaciones (ventas entre particulares o entre empresas de inmuebles usados) están exentas de IVA y sujetas al ITP. Si el vendedor y el comprador son empresarios y el comprador puede deducirse el IVA, pueden renunciar conjuntamente a la exención y sujetar la operación a IVA, lo que puede ser ventajoso en determinadas circunstancias.

    Existencias inmobiliarias en el IS del promotor

    Las viviendas y locales en construcción o terminados que el promotor mantiene en cartera para la venta figuran como existencias en el balance y no se amortizan (a diferencia de los inmuebles de inmovilizado). Los gastos financieros del crédito promotor, los gastos de construcción y los costes de comercialización se capitalizan como mayor valor de las existencias hasta la venta, momento en que el margen (precio de venta menos coste de las existencias) se integra en la base imponible del IS. La AEAT comprueba especialmente que la valoración de las existencias inmobiliarias es correcta y que no se imputan a coste activos que deberían ir a gasto directo.

    Plusvalías por venta de suelo en Mallorca

    Las ganancias obtenidas por la venta de suelo urbanizable en Mallorca tributan en el IS al 25% como parte de la base imponible ordinaria, sin las ventajas que tiene la transmisión de participaciones en entidades (exención del 95%). Cuando el propietario del suelo es una persona física, la ganancia tributa en el IRPF como ganancia patrimonial en la base del ahorro (19-30%). La permuta de suelo por obra futura —muy frecuente en Mallorca entre propietarios de suelo y promotores— tiene un tratamiento fiscal específico: la ganancia para el propietario del suelo se imputa en el momento de la firma del contrato de permuta (salvo que se establezca el cobro por obra futura diferida), y el coste del suelo para el promotor es el valor de mercado de las viviendas o locales que entrega. En LRB Tax & Legal, especialistas en fiscalidad del sector promotor en Baleares, asesoramos sobre la correcta tributación de todas las operaciones del ciclo promotor. Cuando la AEAT cuestiona el valor del suelo o de las existencias inmobiliarias, nuestros peritos judiciales tributarios emiten los informes de valoración que sostienen la defensa. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Baleares: bonificaciones, requisitos y planificación

    Tipos del Impuesto sobre Sucesiones en Baleares

    El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en las Islas Baleares está cedido a la comunidad autónoma, que ha ejercido su competencia normativa estableciendo una escala de tipos y un régimen de reducciones y bonificaciones propio. La escala va desde el 1% para bases liquidables hasta 700.000 euros (grupo I y II: descendientes y ascendientes) hasta el 20% para bases superiores a 3.000.000 de euros en grupos III y IV (colaterales y extraños). Las bonificaciones autonómicas son el elemento más importante para la planificación fiscal sucesoria en Baleares.

    Bonificaciones en la cuota del ISD para cónyuges e hijos en Baleares

    La Ley 11/2002, de 23 de diciembre, de Medidas Tributarias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y sus sucesivas modificaciones, establecen bonificaciones sobre la cuota íntegra del ISD para los herederos y donatarios de los grupos I (descendientes menores de 21 años) y II (descendientes de 21 o más años, cónyuge y ascendientes). Actualmente, la bonificación para el grupo II llega hasta el 50% de la cuota para herencias entre padres e hijos adultos y entre cónyuges, aunque se aplica en tramos de forma que los importes más elevados tienen menor bonificación. Esta bonificación, combinada con las reducciones por parentesco y la reducción de vivienda habitual, puede hacer que la herencia de una vivienda en Palma de Mallorca de valor moderado tribute de forma muy reducida.

    Reducción por empresa familiar en el ISD balear

    La reducción por empresa familiar (artículo 20.2.c) de la Ley del ISD estatal) permite una reducción del 95% sobre el valor de las participaciones en empresa familiar heredadas o donadas, cuando se cumplen los requisitos de ejercicio de funciones directivas retribuidas, participación mínima y mantenimiento durante 10 años. Esta reducción es especialmente relevante para el tejido empresarial de Mallorca, donde muchos hoteles, restaurantes y empresas turísticas son de titularidad familiar y la transmisión generacional es una necesidad frecuente.

    Planificación de la sucesión empresarial en Baleares

    La planificación de la sucesión empresarial debe iniciarse con varios años de antelación al fallecimiento o la donación prevista, para garantizar que se cumplen todos los requisitos en el momento de la transmisión (especialmente el de las funciones directivas retribuidas del causante) y para estructurar el patrimonio de la forma más eficiente. En LRB Tax & Legal, especialistas en planificación sucesoria en Baleares, diseñamos la estructura de transmisión óptima para cada familia empresarial. Cuando la ATIB cuestiona el valor de las participaciones heredadas, nuestros peritos judiciales tributarios de ValiTax elaboran los informes de valoración para impugnar la comprobación. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Autónomos en Mallorca: deducciones fiscales en el IRPF que no puedes perderte en 2025

    Gastos deducibles del autónomo en Mallorca: regla general y excepciones

    Los autónomos en Mallorca en estimación directa pueden deducir en el IRPF todos los gastos necesarios para el ejercicio de su actividad económica, siempre que estén documentados con factura y registrados en los libros de registro obligatorios. La AEAT presta especial atención a los autónomos en sectores con alta incidencia de economía informal en Baleares (hostelería, construcción, servicios de limpieza) y a las deducciones de gastos con componente de uso mixto personal y profesional.

    Local de trabajo y suministros: cómo maximizar la deducción

    Cuando el autónomo trabaja desde casa, puede deducir el 30% de los suministros (electricidad, agua, gas, internet, teléfono) proporcional a la parte de la vivienda afecta a la actividad. Por ejemplo, si el despacho ocupa el 20% de la vivienda y los suministros anuales son 3.600 euros, la deducción sería: 3.600 × 20% × 30% = 216 euros. Si el local es exclusivamente profesional, el 100% de los suministros y del alquiler o amortización es deducible. En Mallorca, los precios de alquiler de locales comerciales son elevados, por lo que esta deducción tiene un impacto significativo para los autónomos con local propio.

    Vehículo: la deducción más conflictiva para autónomos en Baleares

    La AEAT presume que los vehículos de uso mixto (turismo y furgoneta no industrial) tienen una afectación del 50% a la actividad, pero permite al autónomo acreditar una afectación superior si puede demostrarlo. Los vehículos totalmente deducibles son los industriales (camiones, furgonetas de carga, tractores), los de prueba, los de las escuelas de conducción y los taxis y vehículos de alquiler. Para los autónomos de Mallorca en actividades que requieren desplazamiento frecuente (agentes comerciales, instaladores, técnicos), la documentación de los desplazamientos (kilometraje, destino, cliente) es esencial para defender una afectación superior al 50%.

    Gastos de manutención del autónomo

    El autónomo puede deducir los gastos de restaurante en el ejercicio de su actividad cuando se producen en municipio distinto al de su local, pagados con tarjeta, hasta 26,67 euros/día en España (48,08€ en el extranjero). En Palma de Mallorca, donde los precios de la restauración son elevados, esta limitación puede resultar ajustada para autónomos con muchas comidas de trabajo.

    Deducciones autonómicas baleares en el IRPF del autónomo

    La comunidad autónoma de las Islas Baleares tiene deducciones propias en el IRPF que se aplican sobre la cuota autonómica: deducción por inversión en instalaciones de energías renovables en la vivienda habitual (hasta 400 euros), deducción por donaciones a entidades culturales baleares, deducción por gastos de guardería y deducción por adquisición de libros de texto y material escolar. Estas deducciones pueden aplicarse de forma acumulada con las deducciones estatales. En LRB Tax & Legal, asesoría fiscal para autónomos en Mallorca, preparamos la declaración del IRPF aplicando todas las deducciones disponibles y defendemos ante la AEAT cuando cuestiona los gastos declarados. Si el caso llega al TEAR de Palma, contamos con peritos judiciales tributarios para elaborar los informes técnicos necesarios. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Holding empresarial en Mallorca: ventajas fiscales y cómo estructurar tu grupo empresarial en Baleares

    Por qué los empresarios de Mallorca optan por la estructura holding

    La estructura holding —una sociedad tenedora de participaciones que posee las filiales operativas— es especialmente adecuada para el perfil del empresario balear: propietarios de uno o varios hoteles o apartamentos turísticos, promotores inmobiliarios con varios proyectos en distintas sociedades, empresarios del sector náutico o de la restauración con múltiples locales. La holding permite separar la propiedad de los activos (en la sociedad patrimonial o en la propia holding) de la explotación operativa (en las filiales), proteger el patrimonio inmobiliario de los riesgos de la actividad y aprovechar importantes ventajas fiscales.

    La exención del 95% sobre dividendos y plusvalías (artículo 21 LIS)

    Cuando la holding española tiene una participación igual o superior al 5% en una filial española, mantenida durante al menos un año, los dividendos que la filial paga a la holding y las plusvalías generadas por la eventual venta de esa participación están exentos en un 95% en el IS de la holding. Este beneficio es especialmente relevante cuando el empresario balear vende su hotel o su empresa operativa: si la vende a través de la holding (transmisión de las participaciones de la filial a la holding), la plusvalía tributa solo sobre el 5% del importe, frente al 25% que tributaría si vendiese directamente los activos o si el socio persona física vendiese las participaciones en el IRPF.

    Combinación del holding con el REIB: potenciación del ahorro fiscal

    La combinación de la estructura holding con el Règim Especial de les Illes Balears (REIB) puede potenciar significativamente el ahorro fiscal. Los beneficios de las filiales que se acogen a la RIB (Reserva para Inversiones en Baleares) pueden fluir hacia la holding en forma de dividendos exentos, y la holding puede reinvertir esos recursos en nuevas inversiones en Baleares que materialicen la RIB de las filiales. Este mecanismo permite una gestión centralizada de la tesorería del grupo con un impacto fiscal mínimo.

    Reestructuración hacia holding bajo el régimen FEAC: sin coste fiscal inmediato

    La creación de la estructura holding a partir de una empresa ya existente puede realizarse sin coste fiscal inmediato mediante una operación de canje de valores o aportación de rama de actividad bajo el régimen fiscal especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores (FEAC), regulado en el Capítulo VII del Título VII LIS. Bajo este régimen, el empresario balear aporta sus participaciones en las filiales operativas a la holding de nueva creación, sin tributar por la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de mercado de esas participaciones en el momento de la aportación. El requisito esencial es que la operación tenga un motivo económico válido (reorganización empresarial, separación de ramas de actividad, facilitación de la transmisión generacional) y no sea una operación diseñada exclusivamente para obtener ventajas fiscales. En LRB Tax & Legal, especialistas en reestructuraciones empresariales y creación de holdings en Baleares, planificamos y ejecutamos la creación de holdings con plena seguridad jurídica fiscal. Para los casos en que la AEAT cuestiona la operación, contamos con peritos judiciales tributarios que elaboran los informes periciales de valoración necesarios. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Comprobación de valores de inmuebles en Mallorca por la ATIB: cómo impugnarla con éxito

    Cómo funciona la comprobación de valores de inmuebles en Baleares

    Cuando una persona compra un inmueble en Mallorca y paga el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) sobre el precio declarado en la escritura, la ATIB puede iniciar una comprobación de valores si considera que el valor real del inmueble —el valor de mercado en el momento de la transmisión— es superior al precio declarado. En ese caso, la ATIB practica una liquidación complementaria del ITP sobre la diferencia entre el valor que ella considera correcto y el precio declarado, más los intereses de demora. El tipo del ITP en Baleares es del 8% hasta 400.000 euros, del 9% entre 400.000 y 600.000, del 10% entre 600.000 y 1.000.000 y del 11% por encima de 1.000.000, con tipos reducidos para vivienda habitual. Las liquidaciones complementarias de la ATIB en el mercado inmobiliario de Mallorca pueden alcanzar importes muy significativos.

    El valor de referencia catastral: el nuevo parámetro de la ATIB

    Desde la reforma de la Ley del Catastro en 2022, el valor de referencia catastral actúa como valor mínimo a efectos del ITP e ISD para los inmuebles incluidos en el Catastro. Si el contribuyente declara un precio inferior al valor de referencia catastral, la liquidación del ITP se practica sobre el valor de referencia, sin necesidad de que la ATIB inicie un procedimiento de comprobación. Si el contribuyente considera que el valor de referencia catastral es superior al valor real de mercado —situación frecuente en inmuebles con características especiales, con cargas, en zonas en que el mercado ha caído o con tasaciones técnicas que justifican un precio menor— puede impugnar la liquidación aportando prueba de que el valor de referencia no corresponde al valor real.

    Vías de impugnación: tasación pericial contradictoria o recurso ante el TEAR de Palma

    El contribuyente tiene dos opciones para impugnar una comprobación de valores de la ATIB: la tasación pericial contradictoria (TPC) (artículo 135 LGT) o el recurso de reposición y posterior reclamación ante el TEAR de Palma de Mallorca. La TPC permite que un perito designado por el contribuyente valore el inmueble y compare esa valoración con la de la ATIB; si difieren en más de un 10% o 120.000 euros, se nombra un tercer perito dirimente que fija el valor definitivo. La TPC es especialmente eficaz cuando la valoración de la ATIB se aparta significativamente de la realidad del mercado inmobiliario de Mallorca, por no tener en cuenta factores como la orientación, las vistas, el estado de conservación, las servidumbres o la situación urbanística de la finca. Los peritos judiciales tributarios de ValiTax especializados en valoración inmobiliaria en Baleares elaboran los informes periciales para la TPC y para los recursos ante el TEAR. En LRB Tax & Legal coordinamos la estrategia de impugnación completa. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • IVA en el sector hotelero de Mallorca: tipos aplicables, exenciones y gestión de la prorrata

    Tipos de IVA en el sector hotelero de Mallorca

    Los servicios de hostelería y restauración en Mallorca tributan en el IVA al tipo reducido del 10%. Esto incluye los servicios de hospedaje en hoteles, apartamentos turísticos, campings y alojamientos rurales, los servicios de restauración (comidas y bebidas) salvo las bebidas alcohólicas que tributan al 21%, y los servicios de transporte de viajeros. Los servicios complementarios que los hoteles facturan de forma separada a los huéspedes (spa, golf, excursiones, alquiler de bicicletas) pueden tener tipos distintos según su naturaleza.

    El Régimen Especial de Agencias de Viaje (REAV) y su aplicación en Mallorca

    Las empresas que organizan paquetes turísticos (hoteles que venden paquetes todo incluido, agencias receptivas) están sujetas al Régimen Especial de las Agencias de Viaje del artículo 141 LIVA. En este régimen, el IVA se aplica al 21% sobre el margen de beneficio bruto del paquete —no sobre el precio total— y el empresario no puede deducir el IVA soportado en los servicios que integran el paquete. El REAV es obligatorio cuando se cumplan los requisitos objetivos, independientemente de que el empresario sea o no agencia de viaje: un hotel que organiza y vende directamente paquetes all-inclusive está sujeto al REAV.

    Prorrata de IVA en hoteles con actividades mixtas

    Los hoteles que realizan simultáneamente operaciones con derecho a deducción (servicios hoteleros al 10%) y operaciones exentas o sin derecho a deducción (alquiler de locales exento, operaciones financieras) deben aplicar la prorrata para calcular el porcentaje de IVA soportado que pueden deducir. La prorrata se calcula como cociente entre las operaciones con derecho a deducción y el total de operaciones. Los errores en el cálculo de la prorrata son frecuentes y la AEAT los detecta con facilidad en el cruce entre el Modelo 390 y las autoliquidaciones trimestrales del Modelo 303.

    Devolución mensual de IVA para hoteles: el REDEME

    Los hoteles con IVA soportado elevado (renovaciones, inversiones en activos) pueden solicitar la devolución mensual del IVA inscribiéndose en el Registro de Devolución Mensual (REDEME). Este registro permite obtener la devolución del IVA mes a mes en lugar de esperar a la devolución anual de la declaración del cuarto trimestre, mejorando significativamente la liquidez. La inscripción requiere la presentación del SII (Suministro Inmediato de Información) y puede ser auditada por la AEAT con mayor frecuencia. En LRB Tax & Legal, especialistas en IVA hotelero en Mallorca, gestionamos la correcta aplicación de todos los tipos y regímenes especiales del IVA en el sector hotelero balear. Cuando la AEAT cuestiona la aplicación del REAV o el cálculo de la prorrata, contamos con peritos judiciales tributarios especializados en IVA hotelero para elaborar los informes periciales necesarios. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.