Asesor Fiscal Mallorca

Fiscalidad de la Construcción y Promoción Inmobiliaria en Baleares | LRB

Fiscalidad sectorial · Baleares

Fiscalidad de la Construcción y Promoción Inmobiliaria en Baleares

Promotoras y constructoras en Baleares afrontan un entramado fiscal de gran complejidad: IVA con inversión del sujeto pasivo, ITP y AJD autonómico, imputación temporal y estructuras societarias.

La promoción y construcción inmobiliaria en Baleares mueve proyectos de elevado valor, con largos ciclos de ejecución y una fiscalidad que atraviesa el IVA, la tributación de las transmisiones y el Impuesto sobre Sociedades. Cada fase —adquisición de suelo, ejecución de obra, primera venta— tiene su propio tratamiento, y los errores de calificación se traducen en contingencias muy significativas.

Contenido informativo, no sustituye el asesoramiento individualizado. Si promueves o construyes en Baleares, consúltanos por WhatsApp +34 684 234 831 o en Contacto@LRB.es.

IVA: inversión del sujeto pasivo y entregas

El IVA es el eje de la fiscalidad promotora. La distinción entre primera entrega (sujeta a IVA) y segunda entrega (habitualmente sujeta a ITP) de edificaciones condiciona la carga fiscal del comprador y la deducción del promotor. En ejecuciones de obra y en determinadas transmisiones de suelo opera la inversión del sujeto pasivo, cuya aplicación incorrecta es una de las fuentes más frecuentes de regularización.

  • Calificación de primera y segunda entrega de edificaciones.
  • Supuestos de inversión del sujeto pasivo en ejecución de obra.
  • Renuncia a la exención en transmisiones de terrenos y edificaciones.

ITP y AJD autonómico

Las adquisiciones de suelo y de inmuebles que quedan fuera del ámbito del IVA tributan por ITP y AJD en su modalidad autonómica balear, y las escrituras de obra nueva, división horizontal y préstamos hipotecarios generan cuota por Actos Jurídicos Documentados. Planificar la secuencia de operaciones permite evitar solapamientos y costes innecesarios.

Imputación temporal, existencias e Impuesto sobre Sociedades

Los inmuebles en promoción se contabilizan como existencias, no como inmovilizado, lo que determina el momento de reconocimiento del ingreso y del beneficio en el Impuesto sobre Sociedades. La imputación temporal de ingresos y gastos, el tratamiento de los costes de urbanización y financieros y la eventual aplicación de incentivos del Régimen fiscal especial de las Illes Balears, incluida la Reserva para Inversiones (REB), exigen una planificación cuidadosa.

  • Reconocimiento del ingreso en la venta de promociones.
  • Activación de costes directos e indirectos de la obra.
  • Aprovechamiento del REB para reinversión del beneficio.

UTEs, estructuras societarias y operaciones vinculadas

Es habitual articular proyectos mediante UTEs o sociedades de propósito específico, con implicaciones en la atribución de resultados y en el IVA. Cuando intervienen varias sociedades del mismo grupo (propiedad del suelo, promoción, comercialización), las operaciones vinculadas deben valorarse a precio de mercado y documentarse. El alta en el IAE y las tasas urbanísticas y locales completan el cuadro.

En LRB somos abogados fiscalistas, no una gestoría. Con más de 1.000 inspecciones defendidas, defendemos a promotoras y constructoras en las regularizaciones de IVA e Impuesto sobre Sociedades más exigentes.

Cómo te ayudamos

Planifica tu promoción inmobiliaria en Baleares

Abogados tributarios en Mallorca y Madrid para promotoras, constructoras y UTEs.