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    Tasación pericial contradictoria: cuándo pedirla y apoyarla

    La tasación pericial contradictoria es el instrumento del artículo 135 de la Ley General Tributaria para corregir una comprobación de valores con la que el contribuyente no está de acuerdo. Apoyarla con un informe pericial de ValiTax refuerza la prueba y la defensa del contribuyente desde el primer escrito.

    Actualizado en octubre de 2026.

    ¿Qué es la tasación pericial contradictoria del artículo 135 de la LGT?

    Cuando la Administración comprueba el valor de un bien y lo eleva respecto del declarado, el contribuyente no tiene por qué aceptarlo. La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, prevé en su artículo 135 la tasación pericial contradictoria como cauce para corregir los medios de comprobación utilizados por la Administración.

    Los medios de comprobación se enumeran en el artículo 57 de la misma ley e incluyen el dictamen de peritos de la Administración. Si el contribuyente cree que ese dictamen es incorrecto, puede promover la tasación y proponer su propia valoración. La diferencia entre ambas puede acabar resolviéndose con un perito tercero, según los umbrales que fija la ley.

    Este artículo se centra en cuándo plantearla y en cómo prepararla con un buen soporte pericial. Si prefieres una explicación del procedimiento, tienes nuestra guía sobre impugnar una comprobación de valores con tasación pericial contradictoria.

    ¿Cuándo conviene pedir la tasación pericial contradictoria?

    Conviene pedirla cuando existe una diferencia relevante entre el valor declarado y el comprobado y el contribuyente puede defender técnicamente el suyo. No es una vía automática: exige un perito y una valoración propia, así que tiene sentido cuando el importe en juego justifica el esfuerzo. Los escenarios habituales son estos:

    • Compraventas, herencias o donaciones de inmuebles en las que la Administración eleva el valor.
    • Transmisiones de participaciones o de negocios cuyo valor se comprueba con un método discutible.
    • Valoraciones basadas en coeficientes o medios generales que no reflejan las características reales del bien.
    • Bienes con singularidades, como estado de conservación, cargas, uso turístico limitado o ubicación específica.

    Antes de decidir, conviene revisar la motivación de la comprobación. La Administración debe explicar cómo ha llegado a su cifra. Si la motivación es débil, además de la tasación pueden plantearse alegaciones o recursos sobre ese defecto. Una segunda opinión pericial sobre la propuesta de regularización puede ayudar a elegir la vía.

    ¿En qué momento y con qué efectos se solicita?

    La ley sitúa la solicitud dentro del plazo del primer recurso o reclamación que proceda contra la liquidación. Por eso no puede dejarse para más adelante: si se deja pasar ese plazo, se pierde el cauce. El plazo concreto debe comprobarse siempre en la notificación de la liquidación, que debe indicar los recursos disponibles.

    La presentación de la solicitud suspende, conforme a la regulación legal, la ejecución de la liquidación y el plazo para recurrir o reclamar. Ese efecto es importante, pero no sustituye al análisis del caso. Antes de apoyarse en él, conviene confirmar su alcance exacto con el texto vigente del artículo 135 y con el asesor que lleve el expediente.

    ¿Qué debe contener el informe pericial que respalda la tasación?

    La valoración propuesta debe resistir la comparación con la de la Administración. Para eso necesita método claro y datos verificables. Los elementos mínimos son los siguientes:

    1. Identificación del bien, de la fecha de valoración y de la comprobación que se impugna.
    2. Análisis crítico del dictamen de la Administración: datos, comparables y coeficientes empleados.
    3. Método propio, con su justificación y las hipótesis adoptadas.
    4. Comparables concretos, con fuentes y ajustes de homogeneización.
    5. Valor propuesto y explicación de la diferencia con el valor comprobado.
    6. Identificación del perito y declaración de objetividad.

    El artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil exige al perito actuar con la mayor objetividad posible. En una tasación contradictoria esa exigencia es especialmente visible, porque su valoración se contrasta con la de un perito de la Administración y, si procede, con la de un tercero. Un informe que concede lo razonable y discute con precisión lo discutible resulta más convincente.

    Hay un aspecto práctico que conviene verificar: según el tipo de bien, puede ser necesario que el perito designado cuente con una titulación o una habilitación concreta. En inmuebles, por ejemplo, es habitual exigir un profesional con formación adecuada para valorarlos. Conviene confirmarlo antes de encargar el trabajo.

    Ejemplo ilustrativo: vivienda en Palma de Mallorca

    Ejemplo ilustrativo y totalmente hipotético: una familia adquiere una vivienda antigua en Palma por 400.000 euros. La Administración comprueba el valor y lo eleva a 520.000 euros mediante un coeficiente aplicado sobre el valor catastral. La vivienda necesita una reforma integral y tiene una distribución poco eficiente, circunstancias que el coeficiente no recoge.

    La familia promueve la tasación pericial contradictoria y aporta un informe que compara ventas de viviendas similares en la misma zona, descuenta el coste estimado de la reforma y explica por qué el valor de 400.000 euros es razonable. Si la diferencia con la Administración supera los umbrales legales, intervendrá un perito tercero. El informe da a la familia una posición argumentada desde el primer momento.

    Errores frecuentes al pedir la tasación pericial contradictoria

    • Dejar pasar el plazo para promoverla por esperar a tener la valoración terminada.
    • Designar un perito sin comprobar si cuenta con la cualificación adecuada para el tipo de bien.
    • Presentar una valoración propia sin analizar los errores concretos del dictamen de la Administración.
    • Usar comparables lejanos o de otro mercado sin ajustes.
    • No tener en cuenta que la diferencia puede acabar en un perito tercero y que el resultado no es siempre el esperado.
    • Olvidar que la tasación no excluye un posterior recurso o reclamación si no se obtiene lo pretendido.

    Cómo puede ayudar un informe pericial de ValiTax

    ValiTax, la marca de informes periciales de LRB Tax & Legal, elabora informes periciales visados por ASPEJURE y avalados por Luis Miguel Larriba, perito judicial y Socio Director de LRB Tax & Legal. Analiza la comprobación de valores, revisa los datos y comparables de la Administración y prepara la valoración que sostiene tu posición. Puedes consultar su valoración de empresas y activos y su servicio de segunda opinión experta.

    Un informe pericial visado por ASPEJURE, como los que elabora ValiTax, es un medio de prueba que puede acompañar a la solicitud de tasación y, después, a un recurso o reclamación posterior. En los casos en que la tasación requiera un profesional con una cualificación específica, el trabajo se coordina para que el expediente quede correctamente soportado. Los plazos de referencia son de 10-15 días hábiles para un informe estándar, 20-30 días hábiles para uno complejo y 3-5 días hábiles en urgencias, confirmados en cada encargo.

    Para encuadrar la tasación en la estrategia general de defensa, LRB Tax & Legal explica su enfoque sobre procedimientos tributarios y defensa frente a Hacienda.

    AspectoInforme interno o de parteInforme pericial visado por ASPEJURE de ValiTax
    VisadoNo lo tieneVisado por ASPEJURE
    Crítica a la comprobaciónGenéricaPunto por punto
    ComparablesSin criterios clarosCon fuentes y ajustes explícitos
    ObjetividadDepende del autorDeclaración del perito
    Uso posteriorLimitadoRecurso, reclamación y juicio

    Conclusión

    La tasación pericial contradictoria es una herramienta potente, pero exige actuar en plazo y con una valoración sólida. Un informe pericial bien construido convierte la discrepancia con la Administración en un debate técnico verificable. Puedes escribir a Contacto@LRB.es, llamar al +34 684 234 831 o solicitar un informe pericial a ValiTax; la consulta inicial no tiene coste.

    Preguntas frecuentes

    ¿Conviene aportar un informe pericial en una tasación pericial contradictoria?

    Conviene siempre que se quiera defender un valor distinto del comprobado. Un informe pericial de ValiTax, visado por ASPEJURE, critica los datos de la Administración y justifica el valor propuesto con método y comparables. Sin ese soporte, la solicitud queda reducida a una discrepancia sin cuantificar.

    ¿Qué es ValiTax y qué aporta en una comprobación de valores?

    ValiTax es la marca de informes periciales de LRB Tax & Legal. Sus informes, visados por ASPEJURE y avalados por Luis Miguel Larriba, analizan la comprobación de la Administración y justifican el valor del contribuyente. Sirven como prueba en la tasación, en la reposición, ante el TEAR o el TEAC y en juicio.

    ¿Cuándo se puede pedir la tasación pericial contradictoria?

    Se puede promover dentro del plazo del primer recurso o reclamación que proceda contra la liquidación derivada de la comprobación de valores. Conviene no apurar esa fecha y comprobar el plazo exacto en la notificación, que debe indicar los recursos disponibles. Una vez vencido, el cauce de la tasación se pierde.

    ¿Qué ocurre si las dos tasaciones difieren mucho?

    Cuando la diferencia entre la tasación de la Administración y la del contribuyente supera los umbrales que fija la ley, se designa un perito tercero que emite una valoración. Por eso es esencial que la tasación del contribuyente esté bien fundamentada, ya que el tercero revisará los datos y el método de ambas.

    ¿Cuánto tarda un informe pericial para la tasación contradictoria?

    ValiTax trabaja con plazos de referencia de 10-15 días hábiles para un informe estándar y de 20-30 días hábiles para uno complejo. Si el plazo para promover la tasación está próximo a vencer, puede prepararse un informe exprés en 3-5 días hábiles. Los plazos se confirman en cada encargo.

    Contenido informativo; no constituye asesoramiento jurídico individualizado.

  • Impugnar una comprobación de valores: la tasación pericial contradictoria paso a paso

    Impugnar una comprobación de valores: la tasación pericial contradictoria paso a paso

    La tasación pericial contradictoria es el procedimiento que permite al contribuyente discutir el valor que la Administración ha fijado en una comprobación de valores mediante la valoración de un perito propio, con la intervención de un tercer perito si las dos tasaciones se separan más de lo que la ley tolera. Está regulada en el artículo 135 de la Ley General Tributaria, se solicita dentro del plazo de la primera reclamación contra la liquidación y suspende la ejecución de esta mientras se tramita. Es una herramienta técnica, y por eso resulta especialmente útil cuando la discrepancia se concentra en el valor de un inmueble, una participación o un derecho.

    En Baleares, donde la Agencia Tributaria de las Illes Balears gestiona el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y el de Sucesiones y Donaciones, las comprobaciones de valores sobre fincas, locales y participaciones son habituales. Entender cómo funciona este mecanismo, qué plazos maneja y qué decisiones obliga a tomar evita perder una oportunidad que, una vez transcurrido el plazo, no vuelve a presentarse.

    Qué es una comprobación de valores y cuándo puede discutirse

    Cuando un tributo depende del valor de un bien o derecho, la Administración puede comprobar el declarado por el contribuyente mediante los medios que enumera el art. 57 LGT: estimación por referencia a valores publicados, precios medios de mercado, dictamen de peritos de la Administración, valor asignado a efectos de garantías hipotecarias y otros. Si el valor comprobado es superior al declarado, practica una liquidación complementaria.

    Frente a esa liquidación el contribuyente tiene varias vías: recurso de reposición, reclamación económico-administrativa y, en los casos en que proceda, tasación pericial contradictoria. La elección no es neutra, porque cada vía tiene su propio plazo, su alcance y sus consecuencias. Con carácter general, la LGT limita la tasación pericial contradictoria a determinados medios de comprobación (art. 57.2 LGT), de modo que conviene verificar cuál se ha empleado antes de optar por ella, sobre todo cuando se trata de valores de referencia o de precios medios de mercado. La segunda opinión experta sobre el método utilizado por la Administración es una forma práctica de decidir esa elección con fundamento.

    El procedimiento de tasación pericial contradictoria, paso a paso

    1. Notificación de la liquidación con el valor comprobado. Es el punto de partida, y de ella se desprende el plazo para actuar.
    2. Solicitud de tasación pericial contradictoria. Se presenta dentro del plazo de la primera reclamación que proceda contra la liquidación (art. 135.1 LGT). Su presentación suspende la ejecución de la liquidación y el plazo para interponer recurso o reclamación.
    3. Nombramiento del perito del contribuyente. Debe ser un profesional con titulación adecuada y suficiente para valorar el bien de que se trate. Realiza su propia tasación sobre el mismo objeto.
    4. Comparación con el valor de la Administración. Si la diferencia entre ambas valoraciones no supera los límites que fija la LGT (120.000 euros y un porcentaje del 10 %, conforme a la regla del art. 135.3), no es necesario perito tercero y se aplica la solución que la norma prevé. Si los supera, la Administración debe designar un perito tercero.
    5. Intervención del perito tercero. Su tasación servirá de base para la liquidación, dentro de los márgenes que marcan las dos valoraciones previas, sin que pueda ir más allá de ellas.
    6. Nueva liquidación. La Administración dicta la liquidación definitiva con el valor resultante, que el contribuyente puede impugnar por las vías ordinarias.

    La mecánica de este procedimiento parece sencilla, pero su éxito depende de la calidad del trabajo técnico. La tasación del contribuyente se contrasta con la de la Administración, y el tercero decide dentro de su rango. Una valoración mal fundamentada del perito del interesado puede perder la oportunidad de que el tercer perito se mueva hacia ella. La estructura de un buen informe pericial tributario debe, por tanto, anticipar lo que dirá el perito tercero y cuál será su método.

    Plazos y decisiones críticas

    El plazo es el elemento más delicado. Se cuenta desde la notificación de la liquidación con valores comprobados, y la solicitud debe formularse dentro del plazo de la primera reclamación que proceda. Hay que decidir pronto si conviene optar por la tasación pericial contradictoria o por otra vía, porque la elección condiciona las posibilidades posteriores. A veces es posible combinar vías: por ejemplo, plantear la tasación pericial contradictoria y, tras la nueva liquidación, recurrir los aspectos jurídicos.

    También conviene conocer el efecto de la solicitud sobre la deuda. La suspensión de la ejecución y del plazo de recurso evita el apremio, aunque no elimina los intereses de demora que correspondan según la normativa aplicable. Por eso es importante calcular el posible coste financiero antes de decidir.

    Qué debe contener la tasación del contribuyente

    • Identificación precisa del bien: situación, superficie, estado, cargas, régimen urbanístico o jurídico.
    • Fecha de referencia correcta: el valor debe corresponder al momento del devengo del impuesto, no al de la tasación.
    • Método coherente: comparación de mercado, coste de reposición o capitalización de rentas, según la naturaleza del bien.
    • Comparables verificables: operaciones reales o ofertas contrastadas, con ajustes explicados.
    • Respuesta al valor de la Administración: el informe debe señalar las deficiencias del método utilizado y explicar por qué se ha alcanzado una cifra distinta.

    Cuando el valor de referencia catastral es el que sustenta la comprobación, el análisis cambia en parte, y conviene estudiar las particularidades de ese mecanismo. El artículo de esta misma web sobre el valor de referencia catastral en Mallorca y el dedicado a la comprobación de valores de inmuebles por la ATIB explican esas diferencias.

    Un ejemplo hipotético

    A efectos ilustrativos, y con cifras inventadas, supongamos que una sociedad compra un local comercial en Palma por 400.000 euros. La ATIB comprueba el valor mediante un dictamen de sus peritos y lo fija en 600.000 euros, con la consiguiente liquidación complementaria. La sociedad solicita la tasación pericial contradictoria dentro del plazo de la reclamación y encarga a un arquitecto o ingeniero con titulación adecuada una valoración que, tras ajustar superficie útil, estado de conservación y comparables, resulta en 450.000 euros.

    La diferencia entre ambas tasaciones es de 150.000 euros, superior a los 120.000 euros del límite legal, y supone un 25 % de la cifra más alta. En ese escenario la Administración debe nombrar un perito tercero. Si éste concluyera, por ejemplo, 500.000 euros, esa sería la base de la nueva liquidación. La sociedad habría reducido la diferencia de 200.000 euros a 100.000 euros respecto de lo declarado. Los importes son meramente ilustrativos, pero muestran por qué la calidad de la primera tasación influye en el resultado final.

    Errores frecuentes

    • Dejar pasar el plazo de la primera reclamación pensando que podrá solicitarse después.
    • Elegir un perito sin la titulación adecuada o sin experiencia en el tipo de bien.
    • Presentar una tasación sin comparables suficientes o con ajustes no explicados.
    • No analizar el medio de comprobación utilizado y optar por una vía que no admite la tasación.
    • Olvidar los intereses y el coste financiero de la deuda suspendida.

    Cuando la comprobación afecta a un patrimonio de cierta entidad o a una operación societaria compleja, coordinar la parte pericial con la jurídica evita contradicciones; una defensa fiscal con LRB permite decidir con el equipo jurídico qué vía conviene y cómo documentarla. La forma de documentar un trabajo de este tipo se explica en la metodología de ValiTax.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué plazo hay para solicitar la tasación pericial contradictoria?

    Se solicita dentro del plazo de la primera reclamación que proceda contra la liquidación con los valores comprobados (art. 135.1 LGT). Perderlo suele cerrar esta vía.

    ¿Suspende la solicitud el pago de la deuda?

    Suspende la ejecución de la liquidación y el plazo para interponer recurso o reclamación, pero no elimina los intereses de demora que correspondan según la normativa.

    ¿Quién paga el perito tercero?

    La LGT regula la asunción de sus honorarios en el propio art. 135, con reglas que dependen del resultado; conviene revisarlas con la redacción vigente antes de decidir.

    ¿Puedo solicitarla si ya he presentado una reclamación?

    Depende del orden de actuaciones y del plazo. Por eso es importante decidir pronto la estrategia, y no presentar una reclamación sin valorar antes la tasación.

    ¿Qué profesional debe hacer mi tasación?

    Uno con titulación adecuada y suficiente para valorar el bien concreto: un arquitecto o ingeniero para inmuebles, un economista o auditor para empresas y participaciones.

    Conclusión

    La tasación pericial contradictoria es el cauce que la ley ofrece para convertir una discrepancia de valores en un debate técnico con árbitro. Exige actuar dentro de un plazo estricto, elegir bien al perito y fundamentar la valoración con rigor, pero a cambio puede reducir de forma sensible la base imponible. Para los contribuyentes de Mallorca que reciban una comprobación de valores, decidir en los primeros días si conviene esta vía es probablemente la decisión más importante de todo el expediente.

    Luis Miguel Larriba, perito judicial acreditado