El exit tax del articulo 95 bis LIRPF se aplica cuando un residente fiscal en Mallorca traslada su residencia a otro pais y tiene participaciones en entidades con valor superior a 4 millones de euros (o superior a 1 millon si representa mas del 25% del capital). En ese caso, debe tributar por las plusvalias latentes en esas participaciones como si las hubiera vendido en el momento del traslado. El exit tax puede fraccionarse en diez anualidades si el traslado es a un pais de la UE o del EEE. La planificacion previa al traslado (anticipar la venta antes del traslado, donar acciones a familiares antes de salir, reestructurar el patrimonio) puede minimizar el impacto del exit tax. En LRB Tax & Legal planificamos el traslado de residencia fiscal desde Mallorca al extranjero minimizando el impacto fiscal. Contacto: Contacto@LRB.es / ValiTax.es.
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