El modelo 179 se ha convertido, desde su implantación, en una de las herramientas de control más eficaces de la Agencia Tributaria sobre el mercado de apartamentos y viviendas turísticas. Su existencia ha cambiado por completo la relación entre propietarios, plataformas de intermediación y Hacienda, y hoy es prácticamente imposible mantener oculto un ingreso por alquiler turístico obtenido a través de una plataforma digital. En este artículo explicamos qué es el modelo 179, quién debe presentarlo, y cómo afecta a los propietarios de apartamentos turísticos en Mallorca.
Qué es el modelo 179
El modelo 179 es una declaración informativa trimestral que están obligadas a presentar las personas y entidades que intermedian en la cesión de uso de viviendas con fines turísticos, ya sea de forma directa o a través de plataformas colaborativas. La obligación afecta principalmente a los operadores de plataformas digitales de intermediación (Airbnb, Booking, Vrbo y similares), que deben comunicar a la AEAT información detallada sobre cada vivienda comercializada: identificación del inmueble, del titular, del cesionario, número de días de disfrute, importe percibido y, en su caso, el número de referencia catastral.
Aunque la obligación formal recae sobre las plataformas, el efecto práctico para los propietarios es determinante: cada euro percibido a través de estas plataformas queda registrado y comunicado a Hacienda, que cruza automáticamente esta información con las declaraciones de IRPF presentadas por cada propietario.
Cómo se cruza la información con la declaración de la renta
La AEAT utiliza los datos del modelo 179 para elaborar los borradores de renta y para generar avisos automáticos cuando detecta que un contribuyente ha percibido ingresos de plataformas de alquiler turístico que no se corresponden con lo declarado. Este cruce de información ha incrementado notablemente el número de requerimientos y comprobaciones limitadas dirigidas a propietarios de apartamentos turísticos en toda España, y de forma muy destacada en las zonas de alta concentración turística como Mallorca.
Además del cruce con el IRPF, en Baleares la información también se contrasta, cuando resulta pertinente, con los datos del Impuesto de Estancias Turísticas gestionado por la ATIB, lo que permite detectar discrepancias entre lo declarado a efectos de la ecotasa y lo declarado a efectos del IRPF por el mismo inmueble. Puede leer más sobre esta obligación autonómica en nuestro artículo sobre el Impuesto de Estancias Turísticas en Baleares.
Obligaciones del propietario del apartamento turístico
Aunque el propietario no presenta directamente el modelo 179, sí debe cumplir sus propias obligaciones fiscales: declarar en el IRPF los ingresos obtenidos según su correcta calificación (rendimiento de capital inmobiliario o de actividad económica, según se presten o no servicios propios de la industria hotelera), gestionar el IVA si corresponde, y en el caso de Baleares, repercutir e ingresar el Impuesto de Estancias Turísticas como sustituto del contribuyente. Hemos abordado en profundidad esta cuestión en nuestro artículo sobre fiscalidad y licencias del alquiler vacacional en Mallorca.
Propietarios no residentes
Los propietarios no residentes en España que comercializan apartamentos turísticos en Baleares tienen obligaciones específicas en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, con un tratamiento fiscal distinto según residan o no en la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo. La información del modelo 179 también alcanza a estos propietarios, por lo que la regularización de ejercicios anteriores es igualmente relevante para quienes no tienen su residencia fiscal en España. Puede ampliar esta cuestión en nuestro artículo sobre no residentes con inmuebles en Baleares.
Consecuencias de no haber declarado correctamente
Cuando la AEAT detecta, a través del cruce de información del modelo 179, que un propietario no ha declarado o ha declarado incorrectamente sus ingresos por alquiler turístico, puede iniciar un procedimiento de comprobación limitada que suele resolverse con una propuesta de liquidación provisional. En los casos de mayor entidad o reincidencia, el procedimiento puede derivar en una inspección con mayor alcance sobre otros ejercicios y otras fuentes de renta del contribuyente.
Es importante destacar que, si el propietario detecta el error antes de recibir cualquier requerimiento, siempre es preferible presentar una autoliquidación complementaria de forma voluntaria, lo que reduce sustancialmente el recargo aplicable frente a las sanciones que pueden imponerse tras un requerimiento de la Administración.
Buenas prácticas para propietarios de apartamentos turísticos
Recomendamos a los propietarios que operan a través de plataformas digitales llevar un registro propio y paralelo de los ingresos percibidos mes a mes, contrastarlo periódicamente con los informes que ofrecen las propias plataformas, y no esperar al cierre del ejercicio para calcular la carga fiscal derivada de esta actividad. También es aconsejable revisar, junto con el asesor fiscal, si la calificación de la actividad como rendimiento de capital inmobiliario o como actividad económica es la más adecuada a la realidad del negocio, ya que de ello depende de forma directa el régimen de gastos deducibles aplicable.
Cómo podemos ayudarle
En LRB Tax & Legal ayudamos a propietarios de apartamentos y viviendas turísticas en Mallorca a declarar correctamente sus ingresos, a regularizar ejercicios anteriores cuando es necesario, y a diseñar la estructura fiscal más eficiente para su actividad, incluida la posible constitución de una sociedad cuando el volumen de negocio lo justifica. Si tiene dudas sobre cómo afecta el modelo 179 a su situación, escríbanos a Contacto@LRB.es.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que presentar yo el modelo 179 como propietario?
No, la obligación formal de presentar el modelo 179 recae sobre la plataforma o el intermediario que gestiona la cesión de la vivienda, no sobre el propietario, que únicamente debe declarar correctamente los ingresos obtenidos en su propia declaración de IRPF.
¿Hacienda puede saber los ingresos que recibo si cobro directamente por transferencia fuera de la plataforma?
Si el alquiler se gestiona íntegramente al margen de cualquier plataforma de intermediación, no existirá información del modelo 179 sobre esa operación concreta, pero los ingresos siguen estando sujetos a declaración y la Administración puede detectarlos por otras vías, como el análisis de movimientos bancarios en un procedimiento de comprobación.
¿Qué hago si he recibido un aviso de discrepancia de la AEAT relacionado con una plataforma turística?
Es recomendable no ignorar el aviso ni responder de forma apresurada; conviene revisar con un asesor fiscal el importe exacto de los ingresos percibidos, su correcta calificación y los gastos deducibles aplicables, y presentar la respuesta o la complementaria que corresponda dentro del plazo indicado.
Conclusión
El modelo 179 ha transformado la fiscalidad del alquiler turístico en España, y de forma muy especial en un mercado tan intenso como el de Mallorca. La transparencia informativa que aporta este modelo obliga a los propietarios a declarar con rigor sus ingresos desde el primer euro percibido. Si gestiona un apartamento turístico y quiere asegurarse de que su situación fiscal está correctamente regularizada, contáctenos en Contacto@LRB.es.
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