Asesor Fiscal Mallorca

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  • Impuesto sobre Sociedades en Mallorca: planificación fiscal

    Respuesta rápida: El Impuesto sobre Sociedades en Mallorca se planifica combinando los incentivos generales de la Ley 27/2014 (reserva de capitalización, deducciones por I+D+i, exención de dividendos) con el régimen balear, en especial la Reserva para Inversiones en Baleares. La clave es ajustar cada medida a los requisitos de la empresa y documentarla desde el cierre.

    Impuesto sobre Sociedades en Mallorca: marco general

    Las sociedades con domicilio fiscal en Mallorca tributan por el Impuesto sobre Sociedades según la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, cuyo texto puede consultarse en el BOE. Al tipo general se suman reglas sobre qué gastos son deducibles, cómo se corrigen las diferencias entre contabilidad y fiscalidad y qué incentivos pueden reducir la cuota. Además, las empresas con actividad en las islas pueden acceder al régimen fiscal especial de las Illes Balears.

    Planificar no consiste en buscar un único beneficio, sino en ordenar las decisiones del ejercicio para que la carga fiscal sea la menor posible dentro de la ley, con documentación suficiente por si la Administración la solicita.

    Reserva para Inversiones en Baleares

    La RIB permite reducir la base imponible hasta el 90 % de la parte del beneficio que no se distribuye y procede de establecimientos en las islas, a cambio de dotar una reserva e invertir un importe equivalente en un plazo máximo de tres años en los activos que el reglamento considera admisibles. Está prevista para periodos que se inicien entre 2023 y 2028. Hemos detallado sus requisitos en el artículo sobre la Reserva para Inversiones en Baleares.

    Reserva de capitalización

    El artículo 25 de la Ley 27/2014 permite reducir la base imponible en un porcentaje del incremento de los fondos propios, siempre que ese incremento se mantenga durante cinco años y se dote una reserva indisponible por el mismo importe. Es una medida útil para empresas que retienen beneficios, aunque está sometida a límites sobre la base imponible. Conviene comprobar cada año el porcentaje y el límite vigentes antes de dimensionar la reserva.

    Deducciones por I+D+i

    Las empresas tecnológicas, incluidas las instaladas en entornos como el Parc Bit, pueden aplicar deducciones por actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica reguladas en la Ley 27/2014. El punto crítico es la prueba: la Administración exige delimitar los proyectos, imputar los gastos de forma consistente y, en su caso, disponer de informes motivados vinculantes. Sin esa documentación, la deducción es fácil de cuestionar.

    Estructura holding y exención de dividendos

    El artículo 21 de la Ley 27/2014 prevé la exención de dividendos y rentas de transmisión de participaciones, siempre que se cumplan los requisitos de porcentaje de participación o de valor de adquisición y de tenencia. Al integrarse en una sociedad holding, la parte exenta de los dividendos de las filiales reduce la tributación del grupo, y facilita decisiones de reinversión. La estructura exige revisar los requisitos de forma individual y analizar sus efectos en cada operación. Si te interesa el encaje con otros incentivos, el artículo sobre el asesor fiscal en Mallorca repasa qué debe aportar un profesional en esta planificación.

    Pagos fraccionados y estacionalidad

    La economía balear es marcadamente estacional, de modo que la elección entre las modalidades de pago fraccionado del artículo 40 de la Ley 27/2014 tiene efectos reales en la tesorería. La modalidad basada en la cuota del último periodo (apartado 2) y la basada en la parte de la base imponible del año en curso (apartado 3) generan desembolsos distintos según cuándo se concentre el beneficio. Una empresa turística con resultados concentrados en el último trimestre puede preferir una u otra, según su liquidez, y conviene decidirlo antes de que termine el plazo de opción.

    Qué revisa la Administración y cómo prepararse

    Las comprobaciones se centran en la deducibilidad de gastos, la correcta aplicación de los incentivos y el cumplimiento de requisitos formales y de mantenimiento. Se recomienda conservar los contratos, justificantes y la memoria técnica de cada decisión. Si recibes una comunicación, tienes una guía práctica en el artículo sobre cómo actuar ante una inspección de Hacienda en Mallorca.

    LRB Tax & Legal asesora a empresas baleares en la planificación del impuesto; puedes ampliar información en su servicio de asesoramiento fiscal a medianas y grandes empresas. Cuando la discusión con la AEAT gira en torno a valoraciones o a la prueba técnica, un informe pericial tributario de ValiTax puede aportar el soporte necesario. Contacto: Contacto@LRB.es o +34 684 234 831.

    ¿Qué incentivos específicos tiene una empresa de Mallorca en el Impuesto sobre Sociedades?

    Además de los incentivos generales de la Ley 27/2014, puede aplicar el régimen fiscal especial de las Illes Balears, en particular la Reserva para Inversiones en Baleares, que permite reducir hasta el 90 % de la base imponible del beneficio no distribuido, siempre que se invierta en plazo en activos admisibles.

    ¿Se puede combinar la RIB con la reserva de capitalización?

    No hay una regla general que lo impida, pero cada incentivo tiene sus propios requisitos y límites, y su efecto conjunto debe calcularse caso por caso. Por eso conviene simular ambas medidas antes del cierre y comprobar que las reservas dotadas son compatibles con el mantenimiento exigido.

    ¿Cómo se eligen los pagos fraccionados en una empresa estacional?

    Se elige entre la modalidad basada en la cuota del último periodo y la basada en la base imponible del año en curso, según cuándo se concentre el beneficio y cuánta liquidez tenga la empresa. En negocios turísticos, la segunda suele ajustarse mejor al ciclo real, pero conviene simularlo antes de optar.

    ¿Qué documentación debo conservar para defender las deducciones?

    Conserva los contratos, facturas, justificantes de pago, la contabilidad que las respalde y una memoria que explique cada decisión fiscal. En deducciones por I+D+i es esencial delimitar proyectos y gastos, y en la RIB acreditar la dotación, la materialización y el mantenimiento de la inversión.

  • Fiscalidad del alquiler turístico en Mallorca: IRPF, IVA y tasa

    Respuesta rápida: La fiscalidad del alquiler turístico en Mallorca depende de la residencia del propietario y de los servicios que preste. El residente declara rendimientos del capital inmobiliario en el IRPF; el no residente tributa en el IRNR con el modelo 210; el IVA solo se devenga si hay servicios propios de hostelería; y además se liquida el impuesto de estancias turísticas.

    Tributación en IRPF del alquiler vacacional en Mallorca

    Cuando el propietario es residente fiscal en España y se limita a ceder el uso de la vivienda, los ingresos se califican, con carácter general, como rendimientos del capital inmobiliario. Si además presta servicios propios de la industria hotelera y cuenta con medios de ordenación propios, la actividad puede calificarse como económica, con consecuencias distintas en IRPF, IVA y Seguridad Social.

    La reducción prevista para el arrendamiento de vivienda habitual no resulta aplicable al alquiler vacacional, porque este no satisface la necesidad permanente de vivienda del arrendatario. Los gastos son deducibles en la medida en que se vinculen a los días de alquiler: intereses y gastos de financiación con límite, IBI, seguros, suministros, comisiones de plataformas, mantenimiento, limpieza y amortización del inmueble. Por los días en que la vivienda no está alquilada, se imputa renta inmobiliaria sobre el valor catastral, con el porcentaje que corresponda según la revisión de los valores.

    El detalle de cada partida está en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, disponible en el BOE. Para repasar el resto de deducciones que pueden afectar a tu declaración, consulta nuestro artículo sobre las deducciones autonómicas del IRPF en Baleares.

    No residentes con inmuebles turísticos en Mallorca: IRNR

    Los propietarios no residentes tributan por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Si residen en la Unión Europea o en el Espacio Económico Europeo con intercambio de información, el tipo es del 19 % y pueden deducir los gastos vinculados a la obtención de la renta. Si residen en un tercer país, el tipo general es del 24 % sobre el ingreso íntegro, sin deducción de gastos. Los convenios para evitar la doble imposición pueden modificar estos tipos.

    La declaración se presenta con el modelo 210. Es habitual que propietarios extranjeros desconozcan esta obligación y acumulen periodos sin declarar; la Administración puede reclamar los ejercicios no prescritos, que en general son los cuatro últimos. Las obligaciones de los no residentes van más allá de esta renta, como explicamos en el artículo sobre las obligaciones fiscales de los no residentes con patrimonio en Mallorca.

    IVA en el alquiler turístico: cuándo se aplica

    El arrendamiento de viviendas está exento de IVA con carácter general. La exención no alcanza al arrendamiento de apartamentos o viviendas amuebladas cuando el arrendador se obliga a prestar servicios complementarios propios de la industria hotelera, como restaurante, limpieza, lavado de ropa u otros análogos. En ese caso, la operación tributa como hospedaje, al tipo reducido del 10 %, y el propietario debe repercutir el impuesto y presentar las autoliquidaciones periódicas.

    La frontera entre un alquiler exento y un servicio de hospedaje es una fuente habitual de discrepancias con la Administración, que examina los servicios efectivamente prestados durante la estancia. Puedes consultar el texto de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, y profundizar en el tipo aplicable al sector en el artículo sobre el IVA en hoteles y restaurantes de Mallorca.

    El modelo 179 y la información que las plataformas facilitan a Hacienda

    Las plataformas de intermediación, como Airbnb o Booking, presentan el modelo 179 con los datos de las cesiones de uso de viviendas con fines turísticos que han gestionado: identificación del propietario, inmueble, días y cantidades. Esa información permite a la Administración contrastarla con las declaraciones presentadas. Si los ingresos declarados no coinciden con los comunicados por las plataformas, es probable que se abra una comprobación, de modo que conviene conciliar ambas cifras cada ejercicio.

    Impuesto de estancias turísticas en las Illes Balears

    Los alojamientos turísticos deben liquidar el impuesto autonómico sobre estancias turísticas, que grava la estancia de los huéspedes. El explotador del alojamiento actúa como sustituto del contribuyente: percibe la cuota del huésped y la ingresa ante la Agència Tributària de les Illes Balears. El importe por persona y noche varía según el tipo de establecimiento, la temporada y las condiciones de la normativa vigente, por lo que debe consultarse la tarifa aplicable cada año. El incumplimiento de las obligaciones de repercusión, declaración e ingreso puede dar lugar a sanciones.

    Errores frecuentes y cómo prevenirlos

    • Deducir gastos de la vivienda sin prorratear por los días de alquiler efectivo.
    • Calificar el alquiler como exento cuando se prestan servicios propios de hostelería.
    • No presentar el modelo 210 por considerar que no hay obligación, o presentarlo con una base errónea.
    • No conciliar los ingresos declarados con los comunicados por las plataformas.
    • Olvidar el impuesto de estancias turísticas o liquidarlo con retraso.

    LRB Tax & Legal asesora a propietarios residentes y no residentes en la declaración del IRPF y en sus obligaciones asociadas. Si la Administración cuestiona los importes declarados, un informe pericial tributario de ValiTax puede respaldar la defensa. Contacto: Contacto@LRB.es o +34 684 234 831.

    ¿Cómo tributa el alquiler turístico en Mallorca para un residente?

    Con carácter general, como rendimientos del capital inmobiliario en el IRPF, sin la reducción prevista para vivienda habitual y con deducción de gastos en proporción a los días alquilados. Si se prestan servicios propios de hostelería y se cuenta con medios de ordenación, puede calificarse como actividad económica.

    ¿Un no residente puede deducir gastos del alquiler turístico?

    Depende de su residencia. Si es residente en la UE o el EEE con intercambio de información, puede deducir los gastos vinculados a la renta y tributa al 19 %. Si reside en un tercer país, tributa al tipo general del 24 % sobre el ingreso íntegro, sin deducciones, salvo lo que disponga el convenio aplicable.

    ¿Cuándo hay que cobrar IVA en un alquiler turístico?

    Cuando el arrendador presta servicios complementarios propios de la industria hotelera, como restaurante, limpieza o lavado de ropa. En ese caso la operación se trata como hospedaje y tributa al 10 %. Si solo se cede el uso de la vivienda, el arrendamiento está exento de IVA.

    ¿Qué información envían Airbnb y Booking a Hacienda?

    Las plataformas presentan el modelo 179 con los datos de las cesiones de uso de viviendas con fines turísticos: identificación del propietario, inmueble, días de ocupación e importes. La Administración contrasta esos datos con las declaraciones, por lo que los ingresos declarados deben ser coherentes con ellos.

  • RIB Baleares: qué es y cómo aplicar la Reserva para Inversiones

    Respuesta rápida: La RIB Baleares (Reserva para Inversiones en las Illes Balears) permite reducir hasta el 90 % de la base imponible la parte del beneficio que no se distribuye y procede de establecimientos en las islas, siempre que se dote una reserva y se invierta un importe equivalente en un máximo de tres años en activos admisibles.

    Qué es la Reserva para Inversiones en Baleares (RIB)

    La Reserva para Inversiones en las Illes Balears es un incentivo fiscal del régimen fiscal especial de las islas. Se recoge en la disposición adicional septuagésima de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y se desarrolla en el Real Decreto 710/2024, de 23 de julio, que aprueba el reglamento del régimen. Su aplicación está prevista para los periodos impositivos que se inicien entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2028.

    El mecanismo es conocido en otros territorios: el contribuyente reduce la base imponible con la parte del beneficio que no reparte y se compromete a invertir un importe equivalente en un plazo determinado. El incentivo es un diferimiento condicionado, no una exención incondicional, y su mantenimiento depende de cumplir los requisitos durante todo el periodo.

    Quién puede aplicar la RIB

    Pueden acogerse los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes con establecimiento permanente. En el IRPF, el incentivo se articula como una deducción en la cuota íntegra para quienes realizan actividades económicas. La reducción se aplica solo a la parte del beneficio que procede de establecimientos situados en las Illes Balears, de modo que una sociedad con actividad en otros territorios debe separar el resultado atribuible a cada ámbito.

    Cómo funciona: dotación, materialización y mantenimiento

    • Dotación: se contabiliza una reserva con cargo a los beneficios del ejercicio, en los términos que fija el reglamento. La reserva debe reflejarse en la declaración del Impuesto sobre Sociedades.
    • Reducción de la base: hasta el 90 % de la parte del beneficio no distribuido que proceda de establecimientos en las islas.
    • Materialización: debe invertirse un importe igual en un plazo máximo de tres años, en los activos y actividades que el reglamento considera admisibles. También se regulan las inversiones anticipadas, que cuentan como materialización en el ejercicio en que se realizan.
    • Mantenimiento: las inversiones deben afectarse a actividades económicas y mantenerse en la empresa durante el periodo exigido, que en el caso de inmuebles es de al menos cinco años.

    En qué puede invertirse la reserva

    El reglamento acota los destinos admisibles, que no coinciden con la antigua lógica de «cualquier activo fijo nuevo». Entre los previstos se encuentran la promoción de viviendas protegidas destinadas al arrendamiento, determinadas actividades industriales, actividades sociosanitarias como residencias de mayores o centros de rehabilitación, la rehabilitación de zonas comerciales y la rehabilitación de establecimientos turísticos conforme a la normativa autonómica de turismo. En inmuebles, la administración ha admitido en consultas vinculantes de la DGT que puede computar la parte correspondiente al vuelo o su reforma activada como mayor valor.

    Dado que la lista es cerrada y su interpretación depende de cada caso, conviene validar la inversión con carácter previo, antes de comprometer fondos. Puedes consultar el texto del reglamento en el BOE y la norma que crea la reserva en la Ley 31/2022.

    Ejemplo de ahorro fiscal con la RIB

    Ejemplo simplificado y con cifras ilustrativas: una sociedad con una base imponible previa de 500.000 euros que no distribuye el beneficio y aplica la reducción máxima del 90 % tributaría por 50.000 euros. Al tipo general del 25 % del Impuesto sobre Sociedades, la cuota sería de 12.500 euros, frente a los 125.000 euros que resultarían sin la reserva. La diferencia, 112.500 euros, es un ahorro condicionado: si no se materializa la inversión en plazo o no se mantiene, habrá que regularizar.

    Este cálculo no incluye otras limitaciones, como la compatibilidad con otras ayudas, sometidas a los límites de minimis, ni los ajustes que puedan proceder en cada caso. Si quieres ver cómo encaja con el resto de la planificación del impuesto, lee nuestro artículo sobre el Impuesto sobre Sociedades en Mallorca.

    Obligaciones formales y qué comprueba la Administración

    La declaración del Impuesto sobre Sociedades debe recoger la corrección del resultado contable, la dotación con cargo a beneficios, los importes materializados o aplicados en el ejercicio y las inversiones anticipadas. Además, existe una declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del régimen, el modelo 283, que se presenta en el plazo de la declaración del impuesto.

    En una comprobación, los puntos de análisis habituales son la procedencia balear del beneficio, que no se hayan detraído fondos propios que reduzcan la reserva dotada, que la inversión encaje en los destinos admisibles, que se haya realizado en plazo y que se mantenga afecta a la actividad. Para saber cómo actuar si llega una comunicación de este tipo, consulta la guía sobre inspecciones de Hacienda en Mallorca.

    LRB Tax & Legal, con delegación en el Parc Bit de Palma de Mallorca, asesora en la aplicación de este régimen; puedes ampliar información en su página sobre fiscalidad especial de Baleares (RIB y RIIB). Cuando se discute la materialización o el valor de una inversión, un informe pericial tributario de ValiTax puede documentar el análisis técnico. Contacto: Contacto@LRB.es o +34 684 234 831.

    ¿Qué porcentaje de la base imponible reduce la RIB?

    Hasta el 90 % de la base imponible, y solo sobre la parte del beneficio del mismo periodo que no se distribuye y procede de establecimientos situados en las Illes Balears. Para beneficiarse es necesario dotar la reserva e invertir un importe equivalente en el plazo máximo de tres años.

    ¿Hasta cuándo se puede aplicar la RIB?

    Está prevista para los periodos impositivos que se inicien entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2028. Si la dotación se hizo en ese intervalo, el plazo de materialización no se ve afectado aunque la inversión se realice después de 2028. Conviene comprobar si hay modificaciones posteriores.

    ¿Pueden aplicar la RIB los autónomos?

    Sí, en el IRPF se articula como una deducción en la cuota íntegra para quienes desarrollan actividades económicas, con los requisitos que fija el reglamento. Deben acreditar que la inversión se afecta a la actividad y se mantiene durante el periodo exigido, por lo que conviene planificarlo antes del cierre del ejercicio.

    ¿Qué pasa si no materializo la inversión en plazo?

    Se pierde el derecho a la reducción practicada y procede regularizar la situación tributaria, normalmente con intereses de demora, y con recargos o sanciones según cómo se haga. Si prevés que no llegarás a tiempo, consulta cuanto antes con un asesor para valorar alternativas dentro de lo que permite el reglamento.

  • Inspección de Hacienda en Mallorca: cómo actuar desde el inicio

    Respuesta rápida: Ante una inspección de Hacienda en Mallorca, lo primero es leer la comunicación de inicio para identificar tributos, periodos y alcance, y consultar con un asesor especializado antes de responder. Después se ordena la documentación, se designa representante y se atienden los requerimientos en plazo, sin aportar más de lo exigible.

    El primer contacto con la inspección: calma y estrategia

    Cuando la Delegación de la AEAT en Palma de Mallorca notifica el inicio de un procedimiento de inspección tributaria, la reacción habitual es de alarma. La primera regla es no precipitarse: lo que se haga, o se deje de hacer, en los primeros días puede condicionar el resultado final.

    Antes de responder a un requerimiento, aportar documentación o comparecer, conviene consultar con un asesor fiscal con experiencia en procedimientos de inspección. Cada documento aportado y cada manifestación ante el actuario quedan en el expediente y pueden valorarse en contra del contribuyente. Si todavía no cuentas con un profesional, tienes un repaso de los criterios de selección en nuestro artículo sobre cómo elegir un asesor fiscal en Mallorca.

    Qué revela la comunicación de inicio de inspección

    La comunicación de inicio recoge, entre otros extremos, los tributos y periodos que se van a comprobar, el carácter general o parcial de las actuaciones, la unidad que las lleva a cabo y el lugar, fecha y hora de la primera comparecencia, así como la documentación que se solicita. Leerla con detalle permite saber qué parte de la actividad está bajo revisión y anticipar los frentes que la Administración quiere comprobar.

    Conviene distinguir entre inspección de alcance general y de alcance parcial. En la primera se revisa la totalidad de los elementos del tributo en el periodo; en la segunda, solo algunos. Esta diferencia importa porque condiciona el efecto de la regularización sobre otros periodos y conceptos, y por tanto la estrategia de defensa.

    Derechos del contribuyente durante la inspección

    La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, que aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria, regulan los derechos y obligaciones de las partes. En la práctica, los más relevantes son:

    • Actuar mediante representante: puedes designar a tu asesor para que comparezca en tu nombre, lo que ordena la comunicación con la Administración y evita declaraciones improvisadas.
    • Conocer el estado de tramitación: puedes solicitar información sobre el procedimiento y, en los términos legales, acceder a las actuaciones.
    • Formular alegaciones y aportar pruebas: antes de que se dicte la liquidación, puedes presentar tus argumentos y la documentación que los respalde.
    • Ser tratado con respeto y recibir información sobre tus obligaciones: la Administración debe explicar el alcance de las actuaciones y los efectos de lo que firmes.

    Puedes consultar los textos de ambas normas en el BOE (Ley General Tributaria) y en el BOE (Reglamento de inspección).

    Documentación que debes preparar

    Según el tributo inspeccionado, conviene reunir y ordenar antes de la primera comparecencia: libros de contabilidad y libros registro de IVA, facturas emitidas y recibidas del periodo, declaraciones presentadas (modelos 303, 111, 115 o 200, según el caso), contratos relevantes con clientes y proveedores, extractos bancarios y cualquier documento que acredite la realidad de las operaciones cuestionadas.

    No se trata de entregarlo todo, sino de saber qué existe y qué se te pide. Primero se revisa internamente; después se aporta lo que sea exigible y útil para la defensa. Una documentación incompleta o contradictoria genera más requerimientos y debilita la posición del contribuyente.

    Las comparecencias y el trámite de audiencia

    Las actuaciones se desarrollan en diligencias, en las que se recogen las manifestaciones y la documentación aportada. Es recomendable revisar cada diligencia antes de firmarla y hacer constar las discrepancias. Al final de la comprobación, se formula una propuesta de regularización y se abre un trámite de audiencia para alegar. Este es el momento de rebatir la valoración de los hechos y la interpretación jurídica de la inspección.

    Si el acta se firma en conformidad, puede reducirse la sanción en el porcentaje que prevé la ley. Si hay disconformidad, el expediente pasa a la resolución del órgano competente, y la liquidación podrá recurrirse. Para ese supuesto, revisa nuestro artículo sobre recursos ante Hacienda en Mallorca.

    Por qué la defensa profesional importa en Baleares

    La actividad económica de las islas se concentra en turismo, hostelería, construcción y actividad inmobiliaria, sectores con una estacionalidad y unos márgenes que la Administración conoce bien. Frente a ese conocimiento, la defensa del contribuyente exige un nivel de preparación equivalente: reconstrucción de la contabilidad, justificación de gastos y ventas, y argumentación jurídica sobre la calificación de las operaciones.

    LRB Tax & Legal, con delegación en el Parc Bit de Palma de Mallorca, acompaña al contribuyente en procedimientos de inspección tributaria desde la primera comparecencia hasta, si es preciso, la vía judicial. Cuando la discrepancia gira en torno a valoraciones o a la estimación de bases, un informe pericial de ValiTax sobre defensa en inspecciones de la AEAT refuerza los argumentos con una prueba técnica. Para consultas: Contacto@LRB.es o +34 684 234 831.

    Cuánto dura una inspección de Hacienda

    La Ley General Tributaria fija un plazo máximo de duración de las actuaciones inspectoras de 18 meses desde la notificación de inicio, ampliable a 27 meses en los supuestos que la propia ley recoge, como los contribuyentes que superan determinados umbrales de volumen de operaciones o que forman parte de un grupo sometido a régimen de consolidación fiscal. Además, el plazo puede ampliarse o interrumpirse por causas previstas en la norma, por lo que conviene llevar un control del cómputo desde el primer día.

    El incumplimiento del plazo máximo no extingue por sí mismo la deuda, pero tiene efectos sobre la prescripción: las actuaciones realizadas una vez superado el plazo no interrumpen su cómputo. Verificar este extremo es una de las primeras revisiones técnicas que debe hacer el defensor.

    ¿Qué debo hacer al recibir una notificación de inspección de Hacienda?

    Lee la comunicación para identificar tributos, periodos y alcance, anota el plazo y la fecha de comparecencia, y consulta con un asesor fiscal antes de responder. No aportes documentación ni hagas declaraciones sin haberla revisado. Si necesitas más tiempo, puede solicitarse una ampliación del plazo de forma motivada.

    ¿Puedo ir solo a la comparecencia ante la inspección?

    Puedes, pero no es lo recomendable. Lo más prudente es designar a un representante que comparezca en tu nombre y conozca el procedimiento. Así se evitan manifestaciones improvisadas que luego queden recogidas en diligencias y se utilicen en la propuesta de regularización.

    ¿Cuánto dura una inspección tributaria?

    El plazo máximo general es de 18 meses desde la notificación de inicio, ampliable a 27 en los supuestos que prevé la Ley General Tributaria. Las dilaciones imputables al contribuyente y otras causas legales pueden alterar el cómputo, por lo que conviene verificarlo en cada caso.

    ¿Qué ocurre si no estoy de acuerdo con la propuesta de la inspección?

    Puedes presentar alegaciones en el trámite de audiencia y, si la inspección mantiene su criterio, firmar el acta en disconformidad. La liquidación resultante podrá recurrirse en reposición o mediante reclamación económico-administrativa, y posteriormente en vía contencioso-administrativa, dentro de los plazos legales.

  • Asesor fiscal Mallorca: qué debe ofrecerte y cómo elegirlo

    Respuesta rápida: Elegir asesor fiscal Mallorca exige comprobar tres cosas: conocimiento de la fiscalidad balear (RIB y deducciones autonómicas), experiencia en tu sector y capacidad de defensa ante la AEAT. Pide referencias, confirma quién firmará los escritos y exige por escrito el alcance del servicio y los honorarios antes de contratar.

    Por qué necesitas un asesor fiscal especializado en Mallorca

    La fiscalidad en las Islas Baleares presenta particularidades que no existen en el resto de España: la Reserva para Inversiones en Baleares (RIB), las deducciones autonómicas del IRPF, la elevada presencia de no residentes con inmuebles en la isla, el peso del sector turístico y de la hostelería, y una actividad estacional con picos muy marcados de IVA e IRPF.

    Un asesor generalista sin conocimiento de este entorno puede pasar por alto deducciones autonómicas relevantes o aplicar mal los incentivos a la reinversión, con el coste económico que ello supone. Además, el asesor es quien responde ante la Administración cuando llega un requerimiento, de modo que su criterio condiciona también el riesgo que asume el contribuyente.

    Qué debe ofrecerte un buen asesor fiscal en Mallorca

    • Conocimiento de la fiscalidad balear: la Reserva para Inversiones en Baleares y las deducciones autonómicas deben aplicarse con rigor, respetando los requisitos de materialización, dotación y mantenimiento. Tienes un análisis detallado en nuestro artículo sobre la Reserva para Inversiones en Baleares.
    • Experiencia sectorial: hostelería y restauración, apartamentos turísticos, náutica, construcción y promoción inmobiliaria o comercio estacional. Cada sector tiene reglas y riesgos propios.
    • Capacidad de defensa ante la AEAT: debe poder actuar ante la Delegación de la Agencia Tributaria en Baleares, con argumentación jurídica y conocimiento del procedimiento.
    • Planificación proactiva: no solo presentar declaraciones, sino anticipar decisiones sobre estructura societaria, tributación del beneficio y retribución del socio dentro de la ley.
    • Disponibilidad en los picos de trabajo: la estacionalidad concentra obligaciones en determinados meses y exige un interlocutor localizable.

    Criterios para elegir asesor fiscal en Mallorca

    Antes de contratar, conviene contrastar cinco aspectos: que el profesional esté colegiado o pertenezca a una asociación profesional reconocida; que acredite experiencia con empresas de tu sector; que disponga de seguro de responsabilidad civil profesional; que pueda asumir la defensa en una inspección; y que ofrezca asesoramiento preventivo y no solo reactivo.

    Pregunta también por casos similares al tuyo, por el equipo que llevará tu cuenta y por el modo de comunicación habitual. Un despacho que no puede explicar con claridad cómo trabaja difícilmente podrá explicarte con claridad tu situación fiscal.

    Asesor fiscal frente a gestor administrativo

    El gestor administrativo presenta documentos y tramita expedientes. El asesor fiscal analiza la situación tributaria completa, identifica opciones legales de ahorro, previene riesgos y defiende al contribuyente cuando surge una discrepancia con la Administración. Para una empresa con volumen de operaciones o complejidad relevante, la diferencia es sustancial. Para el autónomo con una actividad sencilla, un gestor puede bastar, siempre que la situación no cambie; si quieres repasar sus obligaciones, consulta el artículo sobre obligaciones fiscales de los autónomos en Mallorca.

    Qué debe cubrir el servicio en caso de inspección

    Aunque la mayoría de clientes no sufre una inspección, el asesor debe estar preparado para ella. La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, reconoce al obligado tributario el derecho a actuar mediante representante, a formular alegaciones y a conocer el estado de tramitación de su procedimiento. Un buen asesor traduce esos derechos en una estrategia concreta desde la primera comunicación. Si quieres saber cómo se desarrolla un procedimiento de este tipo, revisa nuestra guía sobre cómo actuar ante una inspección de Hacienda en Mallorca. Puedes consultar el texto de la norma en el BOE.

    LRB Tax & Legal: asesoramiento fiscal en Baleares

    LRB Tax & Legal presta asesoramiento fiscal y legal a empresas y particulares, con delegación en el Parc Bit de Palma de Mallorca. Su práctica combina la fiscalidad balear con la defensa ante inspecciones tributarias y la planificación fiscal empresarial. Cuando un procedimiento requiere un dictamen técnico, los informes periciales tributarios de ValiTax aportan la prueba pericial. La información sobre el régimen especial de las islas está en la página de fiscalidad especial de Baleares. Para plantear tu caso, puedes escribir a Contacto@LRB.es o llamar al +34 684 234 831.

    ¿Necesito un asesor fiscal si soy autónomo en Mallorca?

    Sí, en la mayoría de los casos conviene tenerlo. Los modelos trimestrales, la elección entre estimación directa y otros métodos, las retenciones y las declaraciones informativas generan errores con coste superior a los honorarios. Además, en Baleares existen deducciones autonómicas en el IRPF que un asesor sin experiencia local puede no aplicar.

    ¿Qué diferencia hay entre un asesor fiscal y un gestor?

    El gestor tramita documentos y expedientes; el asesor fiscal analiza la situación tributaria completa, propone alternativas legales, previene riesgos y defiende al cliente ante Hacienda. Para empresas con volumen o complejidad relevantes, el asesor aporta un valor muy superior, porque su trabajo no se limita a presentar modelos.

    ¿Cuánto cuesta un asesor fiscal en Mallorca?

    Depende de la complejidad del cliente, del volumen de operaciones y de los servicios contratados, por lo que no existe una tarifa única. Pide un presupuesto por escrito que detalle qué incluye la cuota periódica y qué se factura aparte, como inspecciones, recursos o informes, para comparar propuestas con el mismo alcance.

    ¿Qué debo preguntar antes de contratar un asesor fiscal?

    Pregunta por su experiencia en tu sector, por quién llevará tu cuenta, por su seguro de responsabilidad civil y por si asume la defensa ante la AEAT. Pide también el alcance exacto del servicio y los honorarios por escrito. Si no responde con claridad a estas cuestiones, es una señal de alerta.